Tribunal de San Marino, reabre caso de indemnización de accidente causado por grava suelta

San Marino, San Marino, Europa.- Aceptar una indemnización del seguro no equivale a una renuncia implícita al derecho a recibir una compensación completa por los daños sufridos. Este es el principio establecido por el Tribunal de Casación, que estimó el recurso presentado por un hombre de 56 años de origen norteafricano —actualmente sin domicilio fijo—, anulando así las sentencias previas del Juez de Paz y del Tribunal de Rímini relativas a un accidente ocurrido en octubre de 2019.
El incidente tuvo lugar en la zona de San Leo, mientras el hombre conducía su ciclomotor; perdió adherencia y cayó sobre el asfalto debido a la presencia de grava suelta en la calzada. Tras el accidente, una evaluación médica determinó que había sufrido una incapacidad permanente del 11 %. La compañía de seguros abonó 9.500 euros, considerándolo una liquidación total de la reclamación. Sin embargo, el lesionado consideró insuficiente dicha cantidad para cubrir los daños totales —valorados en 14.000 euros— y aceptó el pago únicamente a cuenta.
Aunque los magistrados de las dos primeras instancias judiciales habían dado la razón a los argumentos de la aseguradora, el Tribunal Supremo revirtió completamente el resultado del litigio. Los jueces aclararon que, para que un acuerdo se considere definitivamente cerrado, la parte lesionada debe expresar explícitamente su intención de renunciar a futuras reclamaciones; de lo contrario, surgiría una paradoja jurídica por la cual cualquier persona que recibiera una indemnización parcial tendría que devolverla primero antes de poder reclamar la diferencia ante los tribunales.
A la luz de esta sentencia, el Tribunal de Casación ha devuelto el caso al Tribunal de Rímini. En el nuevo procedimiento, el hombre de 56 años —representado por la abogada Stefania Urbinati, del despacho Graziosi— podrá así reclamar el pago de los 4.500 euros restantes para completar la indemnización.
