Magistrados pasan por alto inexistencia de pruebas contra acusado de tentativa de secuestro

Sede del Supremo Tribunal de Justicia del Estado (STJE) en Ciudad Victoria, Tamaulipas, México, América.
Magistrado José Alberto Velasco Ruiz

Ciudad Victoria, Tamaulipas, México, América.- Los Magistrados que integraban la Sala Colegiada Penal del Supremo Tribunal de Justicia del Estado (STJE), el once de septiembre de dos mil veintitrés, pasaron por alto que no existen elementos de prueba en contra de un acusado del delito de tentativa de secuestro, violando las garantías de seguridad jurídica y debido proceso, ante lo cual mediante la ejecutoria 106/2024, Magistrados Federales, otorgaron al procesado.

El Magistrado José Alberto Velasco Ruiz, presidente del Segundo Tribunal Colegiado en Materias Penal y de Trabajo del Décimo Noveno Circuito en Victoria, dio a conocer la ejecutoria donde se resolvió que, con el material probatorio existente en autos no se encuentra justificada la plena responsabilidad del sentenciado en la comisión del delito de tentativa de secuestro, porque, no se acreditó que el sentenciado fuera una de las cuatro personas que intentaron asegurar a la victima, el día en que fue interceptada la camioneta en la cual se trasladaba.

El once de septiembre de dos mil veintitres, los Magistrados de la Sala Colegiada Penal del STJE, emitieron la ejecutoria del toca penal 61/2023, mediante la cual confirmaron la sentencia del Juzgado Tercero Penal de Reynosa, de 11 de abril del 2023, que impuso al procesado la pena de cincuenta y tres años cuatro meses de prisión y multa de trescientos treinta y tres días de salario mínimo vigente en la época de los hechos, el acusado recurre al juicio de amparo.

El Magistrado Daniel Ricardo Flores López, a quien correspondió estudiar el asunto, determino que, no existe prueba que identifique al acusado como una de las personas que iban a bordo de los dos vehículos que interceptaron la camioneta donde viajaban las víctimas, para secuestrarlos, porque su participación solo se aprecia en el momento en que estaba cuidando a la víctima de secuestro, cuando esta ya estaba en cautiverio en la cabaña donde fue rescatada por los policías federales.

El pleno judicial otorga del amparo para que, se declare insubsistente la sentencia sujeta a control constitucional; determine que se encuentra acreditada la plena responsabilidad penal del sentenciado en relación con el delito de secuestro, sin embargo, determine que en el caso en estudio, el sentenciado, no es penalmente responsable del delito de tentativa de secuestro y por consecuencia que lo absuelva de dicha penalidad

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