Condenan a la Afore XXI Banorte en Reynosa, a entregar recursos a beneficiaria de fallecido

Edificio de la Afore XXI Banorte, en Ciudad Reynosa, Tamaulipas, México, América.
Juez Cinthia Elizabeth de la Vega López

Ciudad Reynosa, Tamaulipas, México, América.- La Afore XXI Banorte, deberá entregar a una persona los recursos existentes en las subcuentas de ahorro para el retiro, a una persona que fue declarada beneficiaria de los derechos laborales de un trabajador fallecido, por vivir en concubinato, ya que mediante la sentencia 151/2025, el Poder Judicial Federal, así lo sentencio, debiendo destacar que dicha institución no acudió a defenderse en el juicio laboral.

La juez Cinthia Elizabeth de la Vega López, titular del Cuarto Tribunal Laboral Federal de Asuntos Individuales en Reynosa, resolvió, elementos existentes permiten concluir que el finado trabajador mantenía una relación con la persona demandante desde 1997 hasta la fecha de su deceso, esto es, al 27 de julio de 2020, de ahí que se acredita el concubinato entre los precitados, ya que tal relación se dio por más de 05 años, temporalidad que exige el artículo 84,fracción III, de la Ley del Seguro Social.

La información obtenida mediante las diligencias de investigación de beneficiarios, las convocatorias fijadas en términos de ley y los informes rendidos por las instituciones requeridas no revelaron la existencia de persona alguna que reclamara un mejor derecho o que controvirtiera la relación afirmada por el promovente, circunstancia que constituye un elemento adicional que robustece la convicción alcanzada respecto de los hechos materia de análisis.

De igual forma, no obra en autos elemento objetivo alguno que permita advertir la existencia de vínculo matrimonial vigente del actor o del extinto trabajador durante el periodo de convivencia alegado, por el contrario, las constancias recabadas, aunadas a la ausencia de reclamaciones de cónyuge supérstite o de diversa persona que alegara una relación con mejor derecho, constituyen indicios concordantes que, apreciados conforme a las reglas de la lógica, la sana crítica y la experiencia, permiten tener por satisfecho dicho requisito legal.

El tribunal emite la sentencia, condenando al Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS), a otorgar la autorización para la disponibilidad de los recursos existentes; la Afore XXI Banorte, deberá entregar a la persona beneficiaria los recursos existentes en las subcuentas de ahorro para el retiro, y el Instituto Nacional del Fondo para la Vivienda de los Trabajadores (Infonavit), deberá entregar los recursos existentes en la subcuenta de vivienda.

Comparte esta noticia

Deja una respuesta

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *