Desde el 3 de mayo del 2023 el Tribunal Laboral de Tamaulipas, no cita a juicio a dependencia, tenías 3 días para hacerlo

Sede del Tribunal de Conciliación y Arbitraje para los Trabajadores al Servicio del Estado y los Municipios (Tcatsem), en el Edificio Tiempo Nuevo en Ciudad Victoria, Tamaulipas, México.

Ciudad Victoria, Tamaulipas, México, América.- Desde el tres de mayo del 2023, el Tribunal de Conciliación y Arbitraje para los Trabajadores al Servicio del Estado y de los Municipios (Tcatsem), no ha citado para juicio a una dependencia publica, cuando tenía tres días para hacerlo,  violando las garantías de seguridad jurídica y debido proceso, ante lo cual el Poder Judicial Federal, le viene requiriendo el cumplimiento de la sentencia 1236/2023, que otorgó el amparo a una persona.

El Juez Genaro Antonio Valerio Pinillos, titular del Juzgado Primero de Distrito en Victoria, acordó “del sumario se desprende que hasta la fecha la autoridad responsable no ha comunicado algo en relación con el cumplimiento de la sentencia. Por lo tanto con fundamento en el artículo 192 de la Ley de Amparo requiérase al Actuario adscrito al Tcatsem, con residencia en esta ciudad para que dentro del plazo de tres días contado a partir de que quede notificado del presente proveído informe el cumplimiento de la ejecutoria de amparo.”

La sentencia emitida el 18 de agosto del 2023, otorgó el amparo para que, el Actuario adscrito al Tcatsem, dependencia de la Secretaria del Trabajo de Tamaulipas, residente en esta ciudad emplace a la parte demandada en el juicio, debiendo destacar que a la fecha ya van dos requerimientos sin que esta acare la sentencia, por lo que está pendiente de cumplirse y podría ser sujeto a una multa.

El Juez señalo en la sentencia que, en el caso, de las constancias que integran el presente asunto se advierte que el tres de mayo de dos mil veintitrés se radicó la demanda en el expediente  130/E/2023; en dicho proveído se comisionó al Actuario para que emplazara a la parte demandada, sin que a la fecha obre constancia alguna de que se haya realizado, con la cual se evidencia el lapso excesivo en el que incurre la autoridad laboral, violando la garantía constitucional de justicia rápida.

El artículo 111 de la Ley del Trabajo de los Servidores Públicos del Estado de Tamaulipas establece “La demanda… Las notificaciones personales surtirán sus efectos el mismo día en que se practiquen, se realizarán por los Actuarios del Tribunal o mediante oficios enviados con acuse de recibo…, cuando la realización o práctica de un acto procesal o el ejercicio de un derecho no tenga fijado término, éste será el de tres días hábiles.”

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