Juez de Reynosa, sentencia divorcio, sin tomar en cuenta que el actor esta afectado mentalmente 

Juez Sandra Iliana Morales Barrón.

Ciudad Reynosa, Tamaulipas, México, América.- La Juez Sandra Iliana Morales Barrón, titular del Juzgado Tercero Familiar de Reynosa, no tomo en cuenta los argumentos de que una persona se encuentra afectada de su salud física y mental y no puede libremente solicitar el divorcio incausado, sin embargo, lo sentencio, ante lo cual mediante la ejecutoria 554/2022, Magistrados Federales, otorgaron amparo, para que se analice la situación.

El Magistrado Mauricio Fernández de la Mora, presidente del Primer Tribunal Colegiado del Decimonoveno Circuito en Reynosa, dio a conocer la ejecutoria donde se resolvió que, el Juez responsable no se pronunció sobre lo alegado en el escrito de contestación de demanda por la esposa, en el sentido de que el actor se encuentra afectado de su salud física y mental, por lo que no se encontraba apto para expresar su voluntad libre y consiente para ejercer la acción de divorcio.

El 30 de junio del 2022, la Juez Sandra Iliana Morales Barrón, titular del Juzgado Tercero Familiar de Reynosa, emite la sentencia del juicio de divorcio incausado 585/2022, declarando disuelto el vínculo matrimonial, terminada la sociedad conyugal y se dejó a salvo sus derechos para que procedan a su liquidación en la vía y forma legal establecida, la esposa recurre al juicio de amparo.

El Magistrado Rogelio Josué Martínez Jasso, a quien correspondió estudiar el asunto, determino que, el Juzgado Estatal, debió pronunciarse respecto a lo alegado en el escrito de contestación de demanda, en el sentido de que el actor se encuentra afectado de su salud física y mental, por lo que no se encontraba apto para expresar su voluntad libre y consiente para ejercer la acción de divorcio, al no haberlo hecho así, violó el procedimiento en el Juicio de Divorcio Incausado.

El pleno judicial otorga el amparo para que, se reponga el procedimiento y antes de citar a las partes para oír sentencia, se pronuncie respecto a lo alegado por la esposa, en el sentido de que el actor se encuentra afectado de su salud física y mental, en la inteligencia de que la finalidad de ello consiste en obtener del actor la expresión libre y genuina de su voluntad en torno a su solicitud de divorcio incausado.

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