Magistrado del STJE, resuelve apelación sin tener competencia, por error de Juez Civil

Sala vacante, resuelve apelación, sin tener competencia, por error de Juez Civil, así esta el Poder Judicial de Tamaulipas.

Ciudad Victoria, Tamaulipas, México, América.- Sigue el desconocimiento del derecho por parte de Jueces y Magistrados de Tamaulipas y generando desinformación generalizada, ya que el Magistrado de la Primera Sala del Supremo Tribunal de Justicia de Tamaulipas, cuyo nombre se desconoce y no se sabe cómo funciona por estar vacante, emitió una sentencia errónea por culpa de un Juez, motivando que mediante la ejecutoria 671/2022, otorgara el amparo a un afectado.

La Magistrada María Lucila Mejía Acevedo, presidenta del Segundo Tribunal Colegiado en Materias Administrativa y Civil del Decimonoveno Circuito en Victoria, dio a conocer la ejecutoria donde se resolvió que, al resolver la juzgadora de origen lo que denominó como una resolución incidental, ello, ocasionó que la Sala responsable -al conocer sobre la apelación que declaró improcedente la tercería excluyente- es que el mismo se tramitara y resolviera por una Sala Unitaria del STJE, es decir, como si fuera una interlocutoria, no una sentencia.

El 30 de septiembre del 2022, la Primera Sala Unitaria del STJE, emitió la sentencia ejecutoria de apelación 74/2022, confirmando la resolución del Juzgado Cuarto Civil de Altamira, que declaró improcedente la tercería excluyente de dominio (juicio en el cual el interesado pedio que se excluyera del juicio ejecutivo mercantil su casa), el afectado recurre al juicio de amparo.

El Magistrado Ricardo Alejandro González Salazar, a quien correspondió estudiar el asunto, al admitir la tercería excluyente de dominio, el Juez de primer grado determinó que esta se hiciera a través de la vía incidental, cuando lo procedente era que solo se ventilara por cuerda separada; lo que trascendió al resultado del fallo, en la medida en que provocó que la apelación interpuesta contra la determinación que resolvió la misma, fuera tramitada y resuelta por una autoridad legalmente incompetente para ello.

El Pleno Judicial otorga el amparo para que la Primera Sala del STJE, deje insubsistente la resolución que constituye el acto reclamado y reponga el procedimiento, y remita el aludido recurso de apelación a la Sala Colegiada correspondiente del STJE, para que tramite y resuelva el aludido medio de defensa, (ya nada más falta saber cómo una Sala Vacante, resuelve la mencionada sentencia).

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