Alegando mucho Trabajo el Tribunal Laboral de Tamaulipas, no citaba a juicio a dependencia

Ciudad Victoria, Tamaulipas, México, América.- El Poder Judicial Federal, obligo al Tribunal de Conciliación y Arbitraje de los Trabajadores al Servicio del Estado y los Municipios (Tcatsem), a emplazar a juicio a una dependencia, ello en cumplimiento a la sentencia 1086/2024, que otorgo el amparo por violación a la garantía constitucional de justicia rápida, ya que la autoridad laboral alegaba altas cargas de trabajo para no hacerlo.
La Juez Rosa María Cortés Torres, titular del Juzgado Decimoprimero de Distrito en Victoria, a momento de la sentencia, determino que, las autoridades responsables al rendir su informe justificado, manifestaron que no se ha emplazado al demandado, en el juicio de origen, en virtud de las cargas excesivas de trabajo que existen; sin embargo, tal circunstancia no está contemplada como excepción en algún dispositivo de la Ley del Trabajo de los Servidores Públicos del Estado de Tamaulipas.
La sentencia emitida el 25 de julio del 2024, otorgó el amparo para que el Tcatsem, cumpla con todas y cada una de las medidas necesarias para llevar a cabo el emplazamiento al demandado en el expediente laboral de origen, ya que resulta fundado lo manifestado por el trabajador, en cuanto a que la omisión, vulnera su derecho fundamental de impartición de justicia pronta y expedita consagrado en el artículo 17 de la Constitución Federal.
La Juez, señalo que, en ese orden de ideas, es pertinente dejar establecido que los artículos 101 de la Ley del Trabajo de los Servidores Públicos del Estado de Tamaulipas, establecen el procedimiento a seguir y los términos a los que la autoridad laboral ha de sujetarse para la emisión de los acuerdos y resoluciones; asimismo, que los acuerdos deben de ser dictados a más tardar dentro de las cuarenta y ocho horas siguientes a aquellas en las que se reciba la promoción por escrito ante el tribunal.
El Tcatsem, con su proceder ha estado retardando injustificadamente la tramitación del juicio laboral 713/E/2023, lo que contraviene lo dispuesto en el artículo 101 de la legislación laboral invocada; y como consecuencia, el derecho fundamental de impartición de justicia pronta y expedita, consagrado en el artículo 17 Constitucional; en este caso el Juez Genaro Antonio Valerio Pinillos, titular actual del Juzgado, ya dio por cumplida la sentencia.