Niegan amparo al Banco Banamex, deberá regresar lo sustraído de cuenta bancaria

Ciudad Reynosa, Tamaulipas, México, América.- El Banco Nacional de México (Banamex), deberá regresar lo extraído de una cuenta a un usuario y pagarle el 6 por ciento de interés legal anual, ya que mediante la ejecutoria 610/2023, Magistrados Federales, le negaron el amparo a la institución crediticia, en contra del Juzgado Primero Civil de Reynosa, por no demostrar que la operación se realizó de acuerdo a los protocolos exigidos por las disposiciones de carácter general, aplicables.

El Magistrado Osbaldo López García, presidente del Segundo Tribunal Colegiado del Decimonoveno Circuito en Reynosa, dio a conocer la ejecutoria donde se resolvió que, se concluye que es válida la determinación de la autoridad responsable al establecer que no se probó por la parte demandada, que a través de los protocolos de seguridad, como lo es la utilización de usuario y contraseña, se hayan realizado por parte de la actora, para realizarle dicho cargo.

El 5 de septiembre del 2023, el Juzgado Primero Civil de Reynosa, emitió la sentencia del juicio oral mercantil 216/2023, condenando a Banamex, a la restitución del monto, al actor, mediante transferencia bancaria a la misma cuenta de origen, así como al pago de los intereses legales generados por la falta de disposición a su cuenta bancaria, a razón del 6 por ciento anual, contados a partir del 30 de agosto del 2022, la institución recurre al juicio de amparo.

El Magistrado Carlos Gutiérrez López, a quien correspondió estudiar el asunto, determino que, en el caso se cuestionó la falta de consentimiento para realizar una transferencia electrónica a una cuenta destino de la propia institución de crédito demandada, por lo que la carga probatoria que le asiste a ésta consiste en acreditar que los procedimientos de identificación que fueron utilizados durante la transacción y que fueron acordados con el usuario fueron emitidos correctamente, además de la fiabilidad del procedimiento.

Consecuentemente, fue jurídicamente correcta la determinación de la autoridad responsable en cuanto consideró que la demandada, con las pruebas que aportó, no cumplió con la carga probatoria que le asiste al reclamarse la validez de una transacción que tiene por objeto la trasferencia de recursos dinerarios a cuentas de terceros u otras instituciones bancarias, ante lo cual el pleno judicial niega el amparo.

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