Magistrados niegan compensación a mujer sin medios de subsistir, porque es profesionista

Magistrados Alejandro Alberto Salinas Martínez, Omeheira López Reyna y Mauricio Guerra Martínez.

Ciudad Victoria, Tamaulipas, México, América.- Los Magistrados Alejandro Alberto Salinas Martínez, Omeheira López Reyna y Mauricio Guerra Martínez, del Supremos Tribunal de Justicia de Tamaulipas (STJE), confirmaron la negativa de pensión alimenticia a una mujer, porque tiene dos títulos profesionales, ante lo cual mediante la ejecutoria 129/2022, Magistrados Federales, otorgaron el amparo, ya que la afectada es de la tercera edad y no tiene medios de subsistencia.

La Magistrada María Lucila Mejía Acevedo, presidenta del Segundo Tribunal Colegiado en Materias Administrativa y Civil del Décimo Noveno Circuito en Victoria, dio a conocer la ejecutoria donde se resolvió que, la confesión de la mujer de que laboró durante el matrimonio y la consulta vía internet de que cuenta con dos carreras profesionales es insuficiente para tener por acreditado que no existió un desequilibrio económico durante su matrimonio y por tanto que no se encuentra en un estado de vulnerabilidad o desventaja económica.

El 10 de enero del 2022, los Magistrados de la Segunda Sala Colegiada en Materias Civil y Familiar del STJE, emitieron la sentencia de apelación 14/2022, mediante la cual confirmaron la sentencia del Juzgado Segundo Familiar de Victoria, que negó la pensión alimenticia con el argumento de que la mujer es profesionista y tuvo un trabajo, ante lo cual la afectada recurre al juicio de amparo.

La Magistrada María Lucila Mejía Acevedo, a quien correspondió estudiar el asunto, determino que, los Magistrados Estatales no tuvieron en consideración las circunstancias particulares del asunto relativo a la acción de pensión compensatoria; porque no se advierte a través de qué medio de convicción se tiene por demostrado que la mujer cuenta actualmente con los medios necesarios para subsistir con un determinado ingreso económico para poder tener acceso a una vida digna.

El pleno judicial otorga el amparo para que, se reponga el incidente de compensación n el juicio de divorcio, y se analice de forma integral la situación económica de las partes y de no contar con elementos de prueba suficientes en uso de sus facultades probatorias y las medidas para mejor proveer complemente la actividad probatoria, como requisito indispensable para proveer de manera certera sobre la procedencia o no de la pensión compensatoria.

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