Juez Estatal, solo da dos horas semanales a madre de dos hijos, para convivir con ellos

Ciudad Victoria, Tamaulipas, México, América.- El Juzgado Segundo Familiar de Victoria, decretó la guarda y custodia provisional de dos menores, bajo el cuidado del padre, fijando un régimen de convivencia por cuanto hace a la madre, los días sábados de cada semana durante dos horas, ante lo cual mediante la ejecutoria 15/2025, Magistrados Federales, otorgaron el amparo a la madre, para que conviva con sus hijos de las once a las dieciocho horas.
El Magistrado Gerardo Octavio García Ramos, presidente del Primer Tribunal Colegiado en Materias Administrativa y Civil del Décimo Noveno Circuito en Victoria, dio a conocer la ejecutoria donde se resolvió que, conceder la medida suspensional a fin de que la convivencia de los menores para con su madre, por un lapso de dos horas cada semana, lejos de proteger los derechos de los infantes pudiera perjudicarlos, pues en caso de ampliarse el tiempo de convivencia, se respetaría de manera más amplia el interés superior de los menores.
El 14 de enero del 2025, el Juzgado Decimosegundo de Distrito en Victoria, en el juicio de amparo 59/2025, dicto proveido declarando improcedente la suspensión provisional para que la madre pidiera convivir mas horas con sus dos hijos, ante lo cual la afectada presenta recurso de queja, argumentando que, el Juez contaba con elementos suficientes para conceder, provisionalmente, un mayor tiempo de convivencia entre sus niños y ella.
El Magistrado Javier Loyola Zosa, a quien correspondió estudiar el asunto, determino que, no debe perderse de vista que los menores cuentan con diez y once años de edad, de ahí que la improcedencia de la modificación de la medida cautelar, permite suponer válidamente que podría generar cambios en su desarrollo psicoemocional, al seguir restringiendo de manera breve su convivencia con su madre, cuando han acaecido circunstancias que pudieran modificar las reglas establecidas en un primer momento.
El pleno judicial otorga la suspensión provisional para que se determine de manera provisional, que la convivencia de los menores con su madre deberá ampliarse de 2 a 7 horas semanales los días sábados, modificando la modalidad presencial para decretarla de modo libre; por otro, con perspectiva del interés superior de los menores, determine si es posible ampliar los días de convivencia entre los infantes y su madre no custodio.
