Tribunal condena a regresar una hectárea, pero esta había sido cedida legalmente

Ciudad Victoria, Tamaulipas, México, América.- El Tribunal Unitario Agrario (TUA) en Victoria, condeno a una persona a regresar lo pagado por una hectárea a un campesino, sin tomar en cuenta que este ya había cedido su derecho legalmente, ante lo cual mediante la ejecutoria 162/2023, Magistrados Federales, otorgaron el amparo al comprador, porque este adquirido su derecho antes del Programa de Certificación de Derechos Agrarios (Procede).
El Magistrado Gerardo Octavio García Ramos, presidente del Primer Tribunal Colegiado en Materias Administrativa y Civil del Decimonoveno Circuito en Victoria, dio a conocer la ejecutoria, donde se resolvió que, que no existía impedimento jurídico alguno para hacer prosperar la acción, pues la indivisibilidad de la parcela encuentra justificación en el contexto del régimen jurídico ejidal, el cual dejó de imperar en el ejido donde se ubica el predio, lo que no debió soslayar el TUA pues obra título de propiedad en favor del demandado.
El 14 de diciembre de 2022, el Tribunal Unitario Agrario (TUA) Distrito 30 en Victoria, emitió la sentencia del juicio agrario, 322/2018, condenó al comprador de una parcela en el Ejido Matamoros de El Mante, a devolver la cantidad pagada más el interés legal del 9 por ciento anual, en términos del artículo 2395 del Código Civil Federal, este recurre al juicio de amparo.
La Magistrada María Felícitas Herrera García, a quien correspondió estudiar el asunto, determino que, si al momento en que se llevó a cabo la cesión de derechos, aun no se había celebrado la asamblea de destino y delimitación de tierras, es válido sostener que el comprador, se encontraba en el supuesto del parcelamiento económico o de hecho; es decir, que ya tenía la posesión de tierras, pero sin las formalidades legales para ser considerado titular de derechos parcelarios.
El pleno judicial otorga el amparo para que, se dicte otra sentencia en la que determine que la acción es de condena sobre el cumplimiento de contrato de cesión de derechos; prescindirá de: I. Exigir demostrar la posesión; II. Estimar como aspecto jurídico relevante que el demandado estaba impedido para disponer de la tierra en controversia; y, III.Considerar aplicable el principio de indivisibilidad de la parcela; y, condenará al cumplimiento del contrato.