Magistrados confirman amparo en contra de embargo promovido por Banorte en Tampico


Ciudad Victoria, Tamaulipas, México, América.- El Banco Banorte no podrá embargar el terreno de una mujer en Tampico, ya que mediante la ejecutoria 224/2024, Magistrados federales, confirmaron amparo a la dama en contra del Juzgado Segundo Civil de Altamira, por el ilegal emplazamiento realizado en su contra, ya que ella no fue emplazada al juicio mercantil y por tal motivo no tuvo oportunidad de defenderse.
El Magistrado Gerardo Octavio García Ramos, presidente del Primer Tribunal Colegiado en Materias Administrativa y Civil del Décimo Noveno Circuito en Victoria, dio a conocer la ejecutoria donde se resolvió que, si la mujer promovió su demanda con el carácter de tercera extraña al juicio de origen, y dado que el Juez de Distrito por las razones que expuso estimó que la diligencia de emplazamiento era contraria a derecho y, por ende, violatoria al derecho de audiencia; tal postura le reconoce la calidad de tercero extraño con la cual acudió a juicio.
El 28 de febrero del 2023, el Juzgado Noveno de Distrito en Tampico, emitió la sentencia del juicio 713/2022, mediante la cual otorgo el amparo a la mujer en contra del Juzgado Segundo Civil de Altamira, en el juicio hipotecario 522/2016, a partir del emplazamiento, incluyendo la sentencia y orden de desalojo, el banco Banorte presenta recurso de revisión
El Magistrado Gerardo Octavio García Ramos, a quien correspondió estudiar el asunto, determino que, la mujer, menos aún, estaba constreñida a promover el recurso de apelación contra el acuerdo de veintiocho de noviembre de dos mil diecinueve, que aprobó el remate judicial y adjudicó el inmueble en conflicto, al no tratarse del acto reclamado analizado, a saber, el emplazamiento; aunado a que al no haber sido llamada a juicio no estaba obligada a combatirlo en su calidad de parte, pues nunca acudió al juicio con esa condición.
En ese sentido, la mujer no estaba obligada a agotar ningún recurso previo a acudir al amparo, al asistirle la calidad de tercera extraña al juicio de origen y, por ello, operar a su favor la causa de excepción, por lo que ante el resultado de los de agravios, el pleno judicial confirma la sentencia recurrida del del Juzgado Noveno de Distrito en Tampico, que otorgo el amparo a la mujer, por lo que Banorte no podrá embargar.