Juez requiere a Catastro de Nuevo Laredo, fundar negativa de localizar un predio

Palacio Municipal de Nuevo Laredo, Tamaulipas, México, América.

Nuevo Laredo, Tamaulipas, México, América.- El Poder Judicial Federal, viene requiriendo a la Dirección de Catastro Municipal de Nuevo Laredo, que cumpla la sentencia 291/2023, que otorgo el amparo, para que funde y motivar de manera congruente y exhaustiva, su negativa a identificar, ubicar, localizar y proporcionar la información solicitada sobre un predio, por ser violatoria de las garantías de seguridad jurídica y debido proceso.

El Juez Luis Alberto González Villa, titular del Juzgado Tercero de Distrito en Nuevo Laredo, al momento de la sentencia, resolvió que, el Director de Catastro Municipal, incurrió en la falacia de petición de principio, o “argumento circular”, bajo el argumento toral de no estar en condiciones de identificar, ubicar, localizar y proporcionar la información solicitada sobre un predio, en el caso, si el bien inmueble controlado con la cuenta especifica, está dentro de los límites de las sesenta hectáreas del lote de un lote.

El funcionario, se limitó a manifestar que el predio sí se encuentra controlado por esa coordinación, registrado a nombre de persona distinta al recurrente, pero que no era posible precisar si el multicitado predio, perteneció al lote, en virtud de que el archivo de esa oficina catastral, data de hace aproximadamente cuarenta años a la fecha, y que en el escrito petitorio los datos proporcionados datan del 8 de noviembre de 1960.

Los argumentos del afectado son fundados, al aducir esencialmente como conceptos de violación, que la autoridad responsable vulneró en su perjuicio los derechos fundamentales que protegen los artículos 14 y 16 Constitucionales, ya que la resolución de diecisiete de mayo de dos mil veintitrés, consistente en el recurso de revocación, dictada en la Carpeta Administrativa 2/2023, carece de la debida fundamentación y motivación, sostiene, que la autoridad responsable no citó precepto legal en que apoye su negativa.

El Juzgado otorgan el amparo para que, se emita una nueva determinación, prescindiendo del argumento cuyo vicio fue evidenciado en esta sentencia, en la que se pronuncie nuevamente respecto del recurso de revocación propuesto por el ciudadano en contra del diverso proveído de 10 de abril de 2023, sin más limitante a su plena libertad de jurisdicción que la de fundar y motivar de manera congruente y exhaustiva, su actuar.

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