Juzgado 1 Civil de Victoria, no analiza argumentos y niega eficacia a un pagare

Edificio del Poder Judicial Estatal, donde se encuentran los Juzgados Civiles en Ciudad Victoria, Tamaulipas, México, América.

Ciudad Victoria, Tamaulipas, México, América.- El Juzgado Primero Civil de Victoria, no realizo un exhaustivo análisis de los argumentos en un juicio ejecutivo mercantil y negó eficacia a un pagare, con lo cual violo las garantías de seguridad jurídica y debido proceso, ante lo cual mediante la ejecutoria 238/2023, Magistrados Federales, otorgaron el amparo, para que se resuelva de nueva cuenta si el documento consigna una obligación contractual incumplida, cierta, exigible.

El Magistrado Ricardo Alejandro González Salazar, presidente del Segundo Tribunal Colegiado en Materias Administrativa y Civil del Decimonoveno Circuito en Victoria, dio a conocer la ejecutoria donde se resolvió que, el Juez en la sentencia reclamada solo hizo relación respecto al valor probatorio de la confesional ficta del actor, en cuanto a la aceptación de la existencia y suscripción del documento base de la acción; empero, no realizó mayor análisis que confrontara tal confesional con el diverso material probatorio exhibido.

El nueve de marzo del 2023, el Juzgado Primero Civil de Victoria, emitió la sentencia del juicio ejecutivo mercantil 614/2022, donde determinó que con la confesional del actor, era suficiente para declarar fundada la defensa del acusado, en razón que la sola confesión ficta del actor evidenciaba que el documento basal no había sido emitido como instrumento de pago derivado de un adeudo, el afectado recurre al juicio de amparo.

La Magistrada María Lucila Mejía Acevedo, a quien correspondió estudiar el asunto, determino que la valoración de los argumentos por el Juez, se estima necesaria, en virtud que el argumento toral para desestimar la acción del demandante en el juicio de origen, versó en el hecho que el supuesto pagaré no reunía los elementos necesarios para su ejecución en la vía ejecutiva mercantil, en razón que su incumplimiento derivaba de una supuesta obligación contractual, y no como instrumento de pago derivado de un adeudo.

El pleno judicial otorga el amparo para que, se deje insubsistente la sentencia reclamada; se dicte otra en con plenitud de jurisdicción, de manera fundada y motivada, resuelva de nueva cuenta si el documento basal consigna una obligación contractual incumplida, cierta, exigible y liquida a cargo de la parte demandada, y determine lo que resulte procedente.

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