Pemex deberá pagar 186 mil pesos a despedido, por prima de antigüedad


Ciudad Reynosa, Tamaulipas, México, América.- Petróleos Mexicanos (Pemex) Transformación Industrial, deberá pagar 186 mil 101.54 pesos, a un instrumentista despedido por faltas injustificadas, el principal concepto del pago es por prima de antigüedad, ya que mediante la sentencia 111/2024, el Poder Judicial Federal, condeno a la dependencia federal a este pago, por ser derechos establecidos a favor de la parte trabajadora.
El Juez Jesús Desiderio Cavazos Elizondo, titular del Juzgado de Distrito del Cuarto Tribunal Laboral Federal de Asuntos Individuales en Reynosa, resolvió que, si bien en el escrito de demanda no se reclamó el pago de la prima de antigüedad, lo cierto es que este órgano jurisdiccional debe condenar su pago cuando se determine la antigüedad de la parte trabajadora y se demuestra la existencia del despido o la rescisión del vínculo laboral, de acuerdo a derecho.
Para cuantificar dicha prestación, el Juez se baso en la cláusula 23 del Contrato Colectivo de Trabajo establece: “Todo trabajador de planta tiene derecho por conducto del sindicato, a renunciar a su trabajo en cualquier tiempo sin que tenga que exponer motivos. El patrón efectuará la liquidación de sus alcances insolutos que le correspondan, dentro de un plazo de 20 días, a partir de la fecha en que el trabajador presente su renuncia…”
“…Compensándole al trabajador de planta la antigüedad generada, para los efectos de la cláusula 14, en los términos siguientes: Cuando el trabajador de planta compute 15 años de antigüedad como mínimo se le pagará el importe de 20 días de salario ordinario por cada año de servicios, por fracciones mayores de seis meses pagará 20 días y por menores de seis meses, 10 días.”, por tanto, se condeno a la patronal a pagar a favor del actor la cantidad de 160 mil 908.04 pesos por concepto de prima de antigüedad.
En resumen, el Juzgado emite la sentencia condenando a Pemex) Transformación Industrial, a reconocer que el trabajador, acumuló una antigüedad de 15 años con 65 días, así como al pago de la prima de antigüedad; a pagar a favor del actor las vacaciones y aguinaldo proporcionales de 2023, así como el fondo de ahorro, sin perjuicio de que se abra un incidente de liquidación para cuantificar este último.
