Juzgado requiere al Ipsset, regresar lo descontado por servicio médico a mujeres pensionadas

Edificio del Poder Judicial Federal, donde se encuentra el Juzgado de Distrito en Materias de Amparo y de Juicios Federales en Matamoros, Tamaulipas, México, América.

Matamoros, Tamaulipas, México, América.- El Poder Judicial Federal, viene requiriendo al Instituto de Previsión y de Previsión y Seguridad Social del Estado de Tamaulipas (Ipsset), que desincorpore de la obligación de aportar una cuota del tres por ciento de su pensión por concepto de servicio médico a varias mujeres, además regresar lo descontado, ello en cumplimiento a la sentencia 914/2021, que otorgo el amparo por lo inconstitucional de la medida.

El Juez Francisco Javier Cavazos Argüelles, titular del Juzgado de Distrito en Materias de Amparo y de Juicios Federales en Matamoros, al momento de sentencia, resolvió que, cuando un trabajador está en activo, aporta una cantidad para el día en que se pensione, y cuando el trabajador se retira, se crea un derecho a obtener una pensión, que en el presente caso ser vería reducida al volverle a pedir al pensionado o pensionista una cantidad para un sistema de pensiones del que él ya no está participando activamente, sino pasivamente.

Los costos para sostener el sistema como son los servicios previstos en la ley –entre los que se encuentra el servicio médico-, pensiones, gastos administrativos, entre otros, deben ser calculados para ser considerados en las cuotas que aportan los trabajadores en activo; lo cual significa que se debe excluir del régimen de pensionados o pensionistas en forma absoluta, ya que de lo contrario éste se convierte en un sistema que desvirtúa su carácter solidario.

De la lectura de los documentos aportados por las mujeres, en específico de los recibos de pago al mes de agosto de dos mil veintiuno, en donde se puede advertir que por concepto de pensión normal recibieron la cantidad de 24 mil 953.68  pesos, en tanto que por concepto de servicio médico se le descontó con la clave 51, fue por la cantidad de 748.61 pesos, que corresponde al tres por ciento al descuento mensual en su pensión, con lo cual se verificaron los descuentos que refiere el artículo 93 de la Ley de Previsión y Seguridad Social del Estado.

El Juzgado emite la sentencia otorgando el amparo para que, el Ipsset, desincorpore de la obligación de aportar una cuota del tres por ciento de su pensión por concepto de servicio médico; deberá velar con la obligación de garantizar a las mujeres que sigan recibiendo el beneficio de seguridad; deberá devolver las cantidades que se le hayan enterado por concepto de servicio médico con apoyo en las normas declaradas inconstitucionales.

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