El Infonavit deberá cancelar crédito hipotecario a una persona, por incapacidad laboral  

Ciudad Reynosa, Tamaulipas, México, América.- El Instituto del Fondo Nacional de la Vivienda para los Trabajadores (Infonavit), deberá deliberar del adeudo hipotecario a una persona de Reynosa, por estar incapacitada para desarrollar un trabajo, ya que mediante la sentencia 303/2024, el Poder Judicial Federal, considero que tal situación se encuentra dentro de la legislación del organismo nacional como derecho de los trabajadores.

El Juez José Alberto Martínez Velázquez, titular del Juzgado de Distrito Especializado en Materia del Trabajo, del Quinto Tribunal Laboral Federal en Reynosa, resolvió que,  de acuerdo con la Ley del Infonavit, al trabajador se le liberará del adeudo, los gravámenes o limitaciones de dominio a favor del instituto de vivienda, derivados del crédito otorgado, siempre y cuando no sea sujeto de una nueva relación de trabajo por un período mínimo de dos años, lapso durante el cual gozará de una prórroga, sin causa de intereses, para el pago de su crédito.

Con la documental ofrecida y valorada en el numeral 4, el actor demostró que, derivado del procedimiento laboral que instó ante este Tribunal Laboral, le fue determinado un estado de invalidez definitivo y, que con motivo de ello, se le otorgó por parte del Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS), una pensión por invalidez definitiva, con efectos a partir del veinticuatro de mayo de dos mil veintitrés.

Además, a través de la prueba identificada como I que ofreció el actor, logró demostrar que, en cumplimiento a dicho fallo judicial, el IMSS emitió resolución el cuatro de diciembre de dos mil veinticuatro, a través de la cual le otorgó una pensión de invalidez definitiva; asimismo, cabe destacar que el Infonavit, incumplió con su carga procesal de demostrar que el actor fue sujeto de una nueva relación laboral con posterioridad a la fecha en que se decretó su estado de invalidez; hipótesis en la cual no sería procedente la cancelación del crédito solicitada.

El Juzgado emite la sentencia condenando al Infonavit, a la liberación del adeudo, obligaciones, gravámenes o limitaciones de dominio que existan a su favor, respecto del inmueble otorgado al actor, a través de crédito hipotecario; además, que realice la adjudicación directa del inmueble en mención, a favor de actor; y, como consecuencia de lo anterior, a la inscripción correspondiente a su favor.

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