Niegan amparo a la CFE, deberá dejar insubsistente verificación y cobro a persona de Victoria

Sede la Comisión Federal de Electricidad (CFE) en Ciudad Victoria, Tamaulipas, México, América.

Ciudad Victoria, Tamaulipas, México, América.- El Poder Judicial Federal, sigue dando reveses a los abusos de la Comisión Federal de Electricidad (CFE), y ahora la empresa deberá dejar insubsistente un acta de verificación y el ajuste de cobro, ya que mediante la ejecutoria 612/2024, Magistrados Federales, le negaron el amparo a la institución, por alegar que lo realizado no es un acto jurídico, ni tampoco de derecho mercantil.

El Magistrado Ricardo Alejandro González Salazar, presidente del Segundo Tribunal Colegiado en Materias Administrativa y Civil del Décimo Noveno Circuito en Victoria, dio a conocer la ejecutoria, donde se resolvió que, la procedencia de la acción se basó en el hecho de que, el personal de la CFE debió cumplir con las formalidades establecidas en el contrato de adhesión, lo que omitió hacer porque no se verificó que demostrara contar con documentos oficiales de identificación, ni aviso previo, la hora y fecha en que se realizaría la visita

El 30 de julio del 2024, el Juzgado Decimosegundo de Distrito en Victoria, emitió la sentencia del juicio oral mercantil 487/2023, mediante el cual, declara la nulidad del ajuste de facturación contenido en oficio de 19 de febrero de 2020, correspondiente al servicio de energía eléctrica de la actora, relativo a su domicilio, así como del aviso de revisión al sistema de medición y la instalación eléctrica, la CFE recurre al juicio de amparo.

El Magistrado Ricardo Alejandro González Salazar, a quien correspondió estudiar el asunto, determino que, la empresa pierde de vista que la acción de nulidad que promovió la parte actora, en que se sustentó, el ajuste de facturación provino de un procedimiento viciado como lo es el que se llevó a cabo para la verificación del sistema de medición de la vivienda materia del ajuste,  porque en la demanda, la accionante señaló que el personal al llevar a cabo el procedimiento en el sistema de medición, no se identificó al inicio de la referida actuación.

Ni tampoco se le dio la oportunidad de proponer testigos, sin que se hubiera negado en proporcionarlos, porque no estuvo presente; No obsta a lo anterior, que la demandante haya hecho alusión en su demanda, a que dicho personal no se ajustó al procedimiento de verificación; ello, porque lo peticionado por la actora fue la nulidad de los actos por los vicios detectados, ante lo cual el pleno judicial niega el amparo a la CFE.

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