Magistrados de Tamaulipas, no ordenan investigar tortura a acusado de violación

Ciudad Victoria, Tamaulipas, México, América.- Los Magistrados Gloria Elena Garza Jiménez, Javier Castro Ormaechea y Jorge Alejandro Durham Infante, del Supremo Tribunal de Justicia del Estado (STJE) en junio de 2021, violaron garantías constitucionales de un procesado, acusado de violación, que fue torturado por policías investigadores, ante lo cual mediante la ejecutoria 67/2023, Magistrados Federales, otorgaron el amparo, para que se ordene investigar.
El Magistrado Guillermo Cuautle Vargas, presidente del Primer Tribunal Colegiado en Materias Penal y de Trabajo del Décimo Noveno Circuito en Victoria, dio a conocer la ejecutoria, mediante la cual se resolvió que, la Sala únicamente se limitó a dar vista al Ministerio Público, para que realicen las diligencias necesarias para esclarecer los hechos denunciados, de actos de tortura, sin que haya procurado de forma alguna la realización de un examen por un médico independiente de conformidad con el Protocolo de Estambul.
El 18 de agosto del 2021, los Magistrados de la Sala Colegiada Penal del STJE, emitieron la sentencia de apelación 73/2021, que confirmó la resolución de primera instancia, en la que se condenó al procesado, por estimarlo plenamente responsable en la comisión del delito de violación equiparada, y le condenó a una pena de treinta años de prisión, así como al pago de la reparación del daño, este recurre al juicio de amparo.
El Magistrado Luis Saldaña Romo, a quien correspondió estudiar el asunto, determino que, no es al inculpado o procesado a quien incumbe demostrar que fue sometido a tortura o tratos crueles, inhumanos o degradantes, sino que en función de las circunstancias en que se alegue ese tipo de maltratos, corresponde al Juzgador efectuar la denuncia correspondiente ante el Ministerio Público y, a su vez, en el proceso, ordenar las diligencias necesarias para comprobar si efectivamente se cometieron actos de tortura.
El pleno judicial otorga el ampro para que, se emita una nueva sentencia, en la que ordene al Juez la reposición del procedimiento con el fin de que: a) Ordene la apertura de una investigación para determinar si fue o no torturado y así dilucidar qué pruebas se obtuvieron por ese medio, es decir, de manera ilícita, para excluirlas del caudal probatorio al dictar la sentencia; y determine si, se acredita o no el delito que se reprocha.
