Empresa de Tampico, deberá entregar utilidades a esposa de trabajador fallecido

Edificio del Poder Judicial Federal, donde se encuentra los Juzgados Laborales en Tampico.

Tampico, Tamaulipas, México, América.- Una empresa de Reynosa, deberá entregar las utilidades generadas en el año 2023 por a la esposa de un trabajador fallecido, ya que mediante la sentencia 261/2024, el Poder Judicial Federal, condeno a ello, después de que, se realizaran las investigaciones establecidas en la Ley Federal del Trabajo y existir documentación expresa de tener el 100 por ciento de este beneficio.

La Juez Kenia Alejandría Hernández Flores, titular del Juzgado de Distrito del Tercer Tribunal Laboral Federal de Asuntos Individuales en Tampico, resolvió que, al no haber comparecido personas adicionales que se consideren con derecho para ser declaradas beneficiarias de las prestaciones laborales derivadas del fallecimiento, ello como resultado de la investigación de dependencia económica y fijación de convocatorias se declara a la esposa como legítima beneficiaria del cien por ciento de los derechos laborales del finado trabajador.

De destaca que, en relación con la acción de pago de las utilidades generadas por el fenecido trabajador, en el año dos mil veintitrés, en favor de la actora, no existe litis que fijar, pues la patronal demandada reconoció su adeudo, quedando supeditado su pago a la declaración de beneficiarios realizada por esta autoridad laboral, determinado que la única y legítima beneficiaria en obtener los beneficios de su relación de trabajo es la actora.

En ese sentido, al haberse determinado que la actora es esposa del extinto trabajador y encontrarse acreditado con la concatenación de la prueba documental consistente en la copia fotostática de la resolución de otorgamiento de pensión de viudez, de fecha de notificación 25 de abril de 2024, expedida por el Instituto Mexicano del Seguro Social IMSS), a nombre de la esposa, ofrecida por la parte actora y la investigación de dependencia económica, la existencia de dependencia económica de la actora con el de cujus.

El Juzgado emite la sentencia, condenando a la empresa Bredero Shaw México Sociedad Anónima de Capital Variable, al pago de la cantidad establecida, por concepto de las utilidades generadas en el año dos mil veintitrés por el fenecido trabajador, salvo error u omisión de carácter aritmético, a favor de la actora al haber sido declarada por este Tribunal laboral como legítima beneficiaria de los derechos derivados de la relación laboral del extinto. Trabajador.

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