El IMSS paga menos que a un chofer de ambulancia, a los médicos de traslado de pacientes


Ciudad Victoria, Tamaulipas, México, América.- El órgano de operación administrativa desconcentrada Tamaulipas del Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS), paga solo el 42.5 por ciento del sueldo de chofer de ambulancia, a los médicos de traslado de pacientes de urgencia adscrito al Hospital General de Zona 1 en esta capital, ante lo cual mediante la sentencia 125/2024, el Poder Judicial Federal, condeno al organismo a pagar a uno doctor los viáticos al cien por ciento.
La Juez Griselda Marisol Vázquez García, adscrita al Primer Tribunal Laboral Federal de Asuntos Individuales en Victoria, resolvió que, son infundadas las excepciones del IMSS que opone, pues el actor si especificó, en su escrito inicial de demanda que su reclamo lo realiza en cuanto a que el concepto de viáticos se le debe cubrir de manera indistinta con las diversas categorías que conforman la célula de trabajo en el traslado de pacientes de urgencias, como lo son los médicos y operadores de ambulancia de alta tecnología.
El medico señalo que, a partir del mes de enero de 2024, sin causa legal o contractual y sin justificación de hecho o derecho, empezó a cubrírsele el pago de la cuota diaria por concepto de comisión en un 42.5 por ciento del monto que cubre al operador de ambulancias, no obstante que, de acuerdo a nuestros manuales y disposiciones inherentes, tanto el chofer como las enfermeras y el médico de la ambulancia, forma una célula de trabajo.
Esto, con las mismas responsabilidades en relación al traslado de pacientes de urgencias, violándose con ello en su perjuicio, además de las disposiciones contractuales, las contenidas en el artículo 86 de la Ley Federal del Trabajo, pues, las prestaciones e igualdad de condiciones que en éste juicio se reclaman, fueron reconocidas, por disposición judicial, a favor de los Médicos y Enfermeras de traslados de pacientes de urgencia adscritos al propio Instituto médico.
El Juzgado emite la sentencia condenando al IMSS, a reconocer en favor del actor que, el pago de las cantidades que le corresponden por concepto de viáticos por comisiones efectuadas para el traslado de pacientes de urgencia, deben ser iguales a las que se cubren a la categoría de chofer u operador de ambulancias; a pagar las diferencias de viáticos, a pagar horas extras y días de descanso laborados.
