Magistrados de Tamaulipas, validan a pensión alimenticia, sin tomar ver necesidades de madre


Ciudad Victoria, Tamaulipas, México, América.- Los Magistrados que integraban la Primera Sala Colegiada en Materias Civil y Familiar del Supremo Tribunal de Justicia del Estado de Tamaulipas (STJE) en enero del 2024, condenaron al pago de una pensión alimenticia, del 30 por ciento de su sueldo aun padre, sin considerar que la madre otorga alimentos al tener dos hijos a su cuidado, ante lo cual mediante la ejecutoria 199/2024, Magistrados Federales, otorgaron el amparo a los hijos.
El Magistrado Gerardo Octavio García Ramos, presidente del Primer Tribunal Colegiado en Materias Administrativa y Civil del Décimo Noveno Circuito en Victoria, en junio del 2025, dio a conocer la ejecutoria, donde se resolvió que, resulta ilegal la resolución dictada por la Sala responsable, dado que al fijarse los gastos no se consideró que la progenitora custodia cumple con su obligación de suministrar alimentos al tener a los acreedores alimentarios bajo su cuidado, conforme al artículo 286 del Código Civil del Estado.
El 24 de enero de 2024, los Magistrado que integraban la Primera Sala Colegiada en Materias Civil y Familiar del STJE, emitieron la sentencia de apelación 14/2024, mediante la cual se confirmó la sentencia emitida en el expediente del juicio sumario civil sobre alimentos definitivos 484/2022, dejando el pago de la pensión alimenticia en un 30 por ciento a cargo del padre, los hijos recurren al juicio de amparo.
La Magistrada María Felícitas Herrera García, a quien correspondió estudiar el asunto, determino que, la fijación de los gastos de los acreedores alimentarios se cuantificaron de manera equivocada, pues si bien la progenitora custodia trabaja y percibe ingresos y derivado de ello tiene la posibilidad económica de contribuir a los alimentos en favor de sus hijos, lo cierto es que ella ya cumple con su obligación de suministrar alimentos, dado que al conservar la custodia genera una aportación alimentaria a la satisfacción de las necesidades.
El pleno judicial otorga el amparo para que la Primera Sala Colegiada en Materias Civil y Familiar del STJE, deje sin efecto la sentencia reclamada, dicte otra en la que, prescinda reducir la pensión alimenticia tomando como base los ingresos de la madre custodio y con libertad de jurisdicción resuelva el recurso de apelación, conforme a derecho corresponda y la de a conocer a las partes.
