La CFE verifica medidor ilegalmente y luego señala que el Reglamento no le aplica


Ciudad Victoria, Tamaulipas, México, America.- La Comisión Federal de Electricidad (CFE), alegaba que Reglamento de la Ley de la Industria Eléctrica, no le aplica para sancionarla por verificaciones ilegales, sin embargo, mediante la ejecutoria 625/2004, Magistrados federales, le negaron el amparo y deberá dejar nulo un cobro por revisión de medidor a una persona de Victoria, ya que quienes lo realizaron, no se identificaron legalmente.
El Magistrado Ricardo Alejandro González Salazar, presidente del Segundo Tribunal Colegiado en Materias Administrativa y Civil del Décimo Noveno Circuito en Victoria, dio a conocer la ejecutoria donde se resolvió que, la Juez de Distrito, destaco que, se desprende que el proceso de verificación está dirigido a permisionarios, usuarios, consumidores y demás integrantes de la Industria Eléctrica, conforme lo dispuesto por el párrafo tercero del artículo 107 del ordenamiento, que cita dentro de los intervenientes en las visitas de verificación.
El 28 de junio del 2024, el Juzgado Decimosegundo de Distrito en Victoria, emitió la sentencia del juicio oral mercantil 9/2024, declarando la nulidad del ajuste a la facturación de 30 de enero de 2024, así como del Aviso de Revisión al Sistema de Medición y la Instalación Eléctrica de 25 de enero de 2024 y Revisión al Sistema de Medición y la Instalación Eléctrica, condenando a la CFE a regresar lo cobrado, la dependencia recurre al juicio de amparo.
El Magistrado Rubén Darío Silva Saldívar, a quien correspondió estudiar el asunto, determino que, si bien la CFE tiene facultades de revisión de los sistemas de medición y la instalación eléctrica de los usuarios del servicio, empero esas facultades convenidas no la eximían de acatar todas las disposiciones aplicables para realizar un ajuste de facturación, conforme a las cuales las disposiciones relativas a la cláusula décima le son aplicables las disposiciones del artículo 110 del Reglamento de la Ley de la Industria Eléctrica.
Consideraciones que no son controvertidas por la CFE, pues se limita a insistir que no son aplicables los artículos del Reglamento de la Ley de la Industria Eléctrica, y que el procedimiento obedecía a una revisión, no a una visita de verificación o inspección; es decir, no ataca los argumentos por los cuales el Juzgado consideró que la Ley de la Industria Eléctrica y su reglamento, sí le son aplicables, ante lo cual el pleno judicial niega el amparo.
