Magistrados del STJE de Tamaulipas, declaran improcedentes juicios sin analizar pruebas

Ciudad Victoria, Tamaulipas, México, América.- Los Magistrados Noé Sáenz Solís y Hernán de la Garza Tamez, titulares de la Primera Sala Colegiada en Materias Civil y Familiar del Supremo Tribunal de Justicia del Estado de Tamaulipas (STJE) en octubre del 2023, decreto improcedentes dos juicios plenarios de posesión sobre un terreno, sin analizar las pruebas, ante lo cual, mediante la ejecutoria 675/2023, Magistrados Federales, otorgaron amparo al afectado.
El Magistrado Javier Loyola Zosa, presidente del Primer Tribunal Colegiado en Materias Administrativa y Civil del Décimo Noveno Circuito en Victoria, dio a conocer la ejecutoria donde se resolvió que, la autoridad responsable no atendió de manera completa las pruebas ofrecidas por el promovente, pues omitió realizar pronunciamiento alguno respecto de la pericial en agrimensura, la cual, en opinión, junto con el resto de las pruebas ofrecidas, sí acreditan los elementos de la acción ejercida.
El cuatro de octubre de 2023, la Primera Sala Colegiada en Materias Civil y Familiar del STJE, emitió la sentencia de apelación 364/2023, mediante la cual se revocó la sentencia emitida en el expediente del juicio ordinario civil plenario de posesión 326/2021 del juzgado Tercero Civil de Altamira, y decreto improcedentes dos juicios plenarios de posesión uno en demanda y otro en reconvención, el demandante recurre al juicio de amparo.
El Magistrado Javier Loyola Zosa, a quien correspondió estudiar el asunto, determino que, si la prueba respecto de la cual la autoridad no realizó pronunciamiento, es apta para acreditar el extremo que refiere; no es una cuestión que pueda solucionarse aplicando únicamente la legislación correspondiente, sino que depende de la apreciación que se realice al analizar todo el caudal probatorio desahogado en el juicio; de ahí que se estime es necesario que se pronuncie al respecto; a fin de no sustituirla en dicha valoración.
El pleno judicial otorga el amparo para que, se ordene al Juez responsable, deje insubsistente la sentencia reclamada; Dicte otra de manera fundada y motivada, en la que realice un análisis exhaustivo de las pruebas ofrecidas por la parte actora, específicamente, de la pericial en agrimensura; y, Hecho lo anterior, con libertad de jurisdicción, resuelva que en derecho corresponda.
