Tribunal de Tamaulipas, pretendía robar tres años de cuotas de seguridad social a maestro

Interior de las oficinas del Tribunal de Conciliación y Arbitraje de los Trabajadores al Servicio del Estado y los Municipios (Tcatsem), en Ciudad Victoria, Tamaulipas, México, América.
Magistrado Daniel Ricardo Flores López

Ciudad Victoria, Tamaulipas, México, América.- El Tribunal de Conciliación y Arbitraje de los Trabajadores al Servicio del Estado y los Municipios (Tcatsem), pretendía robar tres años con dos meses de cuotas de seguridad social a un maestro de inglés, al condenar a la Secretaria de Educación de Tamaulipas (SET) a pagar solo un año ante lo cual mediante la ejecutoria 743/2023, Magistrados Federales, otorgaron el amparo para que se inscriba y paguen las cuotas desde el 12 de abril del 2012.

El Magistrado Víctor Hugo Alejo Guerrero, presidente del  Segundo Tribunal Colegiado en Materias Penal y de Trabajo del Décimo Noveno Circuito en Victoria, determino que, la condena de cuotas de seguridad social, solo a un año, contraviene los derechos del trabajador, dado que, dicha obligación no está sujeta a prescripción, como implícitamente lo consideró la responsable, y limitarlo hasta el 7 de junio del 2016, sin que exista dato alguno que ponga en evidencia que el patrón pagó las generadas durante la tramitación del juicio.

El 19 de septiembre de 2023, el Tcatsem, emite el Laudo del juicio laboral 311/E/2016 y acumulados 433/E/2016 y 655/E/2016, condenando a la SET, a la inscripción y pago de cuotas ante el Instituto de Prevención y Seguridad Social del Estado de Tamaulipas (IPSSET), por el ultimo año; pago de salarios devengados y retenidos correspondientes a 12 horas semanales hasta el 7 de junio del 2016, entre otros, el maestro recurre al juicio de amparo.

El Magistrado Daniel Ricardo Flores López, a quien correspondió estudiar el asunto, determino que, cuando se demanda del patrón que cumpla con tales obligaciones, al quedar evidenciada la existencia de la relación laboral entre el actor y demandado, sin que este último probara que lo inscribió mientras duró el vínculo jurídico, el tribunal del conocimiento debe condenar al patrón a que inscriba al actor en el régimen de seguridad social y entere las cuotas obrero patronales respectivas, por ser imprescriptibles.

El pleno judicial otorga el amparo para que el Tcatsem, condene al pago de las cuotas de seguridad social, por todo el tiempo reclamado, y las que se generen durante la tramitación del juicio, en el entendido que, si durante la etapa correspondiente el patrón acredita haber realizado el pago de las aportaciones reclamadas, ello deberá tomarse en cuenta a fin de evitar un doble pago.

SENTENCIA COMPLETA DE AMPARO:

1.- Dejar insubsistente el laudo reclamado;

2.- Dictar un nuevo laudo en el que, reitere todo aquello que no fue materia de concesión, y en cumplimiento a la presente ejecutoria, deberá condenar al pago del bono sexenal, bonos tabulares y estímulo del día del maestro, respecto de los que se generan en juicio, junto con sus incrementos, lo cual deberá ordenar se cuantifique vía incidente de liquidación.

3.- Condene al pago de las cuotas de seguridad social, por todo el tiempo reclamado, y las que se generen durante la tramitación del juicio, en el entendido que, si durante la etapa correspondiente el patrón acredita haber realizado el pago de las aportaciones reclamadas, ello deberá tomarse en cuenta a fin de evitar un doble pago.

Comparte esta noticia

Deja una respuesta

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *