Niegan amparo a la CFE, deberá cancelar cobro por 601 mil 470 pesos, por ilegal verificación


Ciudad Victoria, Tamaulipas, México, América.- La Comisión Federales de Electricidad, sigue llevando a cabo verificaciones ilegales en los domicilios, teniéndose un nuevo caso, donde mediante la ejecutoria 408/2024, Magistrados Federales, le negaron el amparo a la dependencia federal, y ahora deberá cancelar el cobro de 601 mil 470 pesos a una persona de Victoria, ya que sus argumentos jurídicos fueron ineficaces e inoperantes.
El Magistrados Ricardo Alejandro González Salazar, presidente del Segundo Tribunal Colegiado en Materias Administrativa y Civil del Décimo Noveno Circuito en Victoria, dio a conocer la ejecutoria donde se resolvió que, la Jueza de Distrito determinó la procedencia de la acción por el incumplimiento en el que incurrió la demandada respecto del contrato para el suministro de energía eléctrica que celebró con la parte actora, en el sentido de que la parte demandada no levantó el acto en presencia de dos testigos.
El cuatro de junio del 2024, el Juzgado Decimosegundo de Distrito en el Estado de Tamaulipas, emitió la sentencia del juicio oral mercantil 37/2023, mediante el cual declaro la declara la nulidad del ajuste de facturación de 20 de octubre de 2022, la cancelación y baja definitiva en el sistema comercial, en los registros o archivos contables, electrónicos, históricos y en el sistema informático, la CFE recurre al juicio de amparo.
La Magistrada María Lucila Mejía Acevedo, a quien correspondió estudiar el asunto, determino que, en primer lugar, en el aviso de revisión al sistema de medición y la instalación eléctrica con folio y en el procedimiento de verificación y/o revisión, no obra constancia que el personal de, División de Distribución Golfo Centro, Zona de Distribución Victoria se haya identificado con gafete vigente con fotografía, y en el primer documento no se tiene certeza del nombre del inspector que realizó el respectivo aviso de revisión.
En esa medida, se estima inoperante el argumento que hace valer la CFE, relativo a que la accionante no demostró las irregularidades en el consumo, pues ello no fue materia de estudio por parte de la Juzgadora responsable para la procedencia de la acción; entonces, a ningún fin práctico conduce su análisis y calificación, pues al partir de una suposición que no resultó verdadera, ante lo cual el pleno judicial niega el amparo.
