El Ipsset pide amparo por condena a Salud de Tamaulipas, que no paga cuotas, se lo niegan

Ciudad Victoria, Tamaulipas, México, América.- Salud de Tamaulipas, no paga seguridad social a paramédicos del Centro de Salud de Jaumave, y la condenan a pagarla a dos de ellos, pero el Instituto de Previsión y Seguridad Social del Estado de Tamaulipas (Ipsset), presenta demanda de amparo en contra de ello, ante lo cual mediante la ejecutoria 423/2024, magistrados Federales, le niegan el amparo, por ser inoperantes sus armentos jurídicos.

El Magistrado Guillermo Cuautle Vargas, presidente del Primer Tribunal Colegiado en Materias Penal y de Trabajo del Décimo Noveno Circuito en Victoria, dio a conocer la ejecutoria donde se resolvió que, lo expuesto por el Ipsset, es inoperante, toda vez que, resulta inexacto que la autoridad responsable haya determinado la existencia de la relación laboral entre la parte actora y el demandado y mucho menos se advierte que exista condena alguna en su contra, la condena fue contra Salud de Tamaulipas.

El 14 de marzo del 2024, el Tribunal de Conciliación y Arbitraje de los Trabajadores al Servicio del Estado (Tcatsem), emite el Laudo del juicio laboral 480/E/2020, condenando a Salud de Tamaulipas, al pago de Diferencia Salarial; Vacaciones: Prima Vacacional; Aguinaldo; A Inscripción Retroactiva al 1 de octubre de 2012, al Ipsset y pago de las aportaciones de seguridad social, entre otros, pero el Ipsset recurre al juicio de amparo.

El Magistrado Guillermo Cuautle Vargas, a quien correspondió estudiar el asunto, determino que, además el Ipsset, argumenta que, le causa agravio que, sin fundamento y motivación alguna determine que en su calidad de acreedor, requiera el pago de las aportaciones de seguridad social a que resultó condenado el Organismo Público Descentralizado Servicios de Salud de Tamaulipas (SSST), sin que invoque precepto legal alguno válido para facultarlo al cobro administrativo de la condena impuesta al patrón.

Lo expuesto es inoperante por novedoso, toda vez que en la contestación de la demanda, el Instituto demandado no se excepcionó en el sentido de que no cuenta con un procedimiento administrativo de ejecución forzosa, ni con medios de apremio para requerir al patrón cubra las aportaciones de seguridad social a que fue condenado, ante lo cual el pleno judicial niega el amparo al Ipsset.

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