El IMSS se negaba a otorgar la pensión de viudez a una concubina en Tampico


Ciudad Victoria, Tamaulipas, México, América.- El Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS), se negaba a otorgar la pensión de viudez a una concubina en Tampico, sin embargo, deberá hacerlo, ya que mediante la ejecutoria 422/2024, Magistrados Federales, le negaron el amparo al organismo en contra de la Junta Especial Número Treinta y siete de la Federal de Conciliación y Arbitraje (JFCA) en Victoria, por ser inoperantes e infundados sus argumentos jurídicos.
El Magistrado Guillermo Cuautle Vargas, presidente del Primer Tribunal Colegiado en Materias Penal y de Trabajo del Décimo Noveno Circuito en Victoria, dio a conocer la ejecutoria donde se resolvió que, El IMSS se limita a afirmar, de manera genérica, que la Junta al emitir la declaración de beneficiarios como la condena al otorgamiento de pensión de viudez, no valoró correctamente las pruebas ofrecidas; sin embargo, con tal argumento no se particulariza a cuáles pruebas se refiere, ni en qué estribó la ilegal valoración.
El seis de febrero del 2024, la Junta, emitió el Laudo del juicio laboral 1228/2021, condenando al IMSS, a que otorgue y pague a la beneficiaria designada, la pensión de viudez, misma que, se respete la pensión garantizada, con los incrementos y aguinaldos, que se generen a partir del 01 de enero del 2021, deberá inscribirla en el censo del servicio médico para otorgarle las prestaciones en especie, el órgano federal recurre al juicio de amparo.
El IMSS argumento que, le causa agravio la resolución toda vez que resulta violatoria del contenido de los artículos 841 y 842 en relación con el artículo 777, en especial los artículos 685, 878, de la Ley Federal del Trabajo, al no haber sido dictada a verdad sabida y buena fe guardada y sin apreciar los hechos en conciencia pero en especial no es congruente con la demanda ni con la contestación ni las demás pretensiones deducidas de juicio oportunamente y por ende la responsable incurrió en defectos de lógica.
El Magistrado Guillermo Cuautle Vargas, a quien correspondió estudiar el asunto, determino que, la Junta valoró las pruebas que ofreció la actora para acreditar el vínculo existente con el trabajador fallecido, con las que tuvo por demostrada su personalidad de concubina y se condenó a la demandada al pago de pensión de viudez, incrementos y aguinaldo, y servicio médico, ante lo cual el pleno judicial niega el amparo.
