Obligan Walmart en Reynosa, a pagar indemnización constitucional a persona despedida

Magistrado Carlos Gutiérrez López.

Ciudad Reynosa, Tamaulipas, México, América.- El centro comercial Walmart, fue obligado a pagar la indemnización constitucional a una persona despedida injustificadamente, ante lo cual mediante la ejecutoria 7/2025, Magistrados Federales emiten sentencia de sobreseimiento (no otorgar amparo, pero tampoco negarlo), ya que la empresa acudió ante la autoridad laboral a entregar la cantidad establecida en Laudo.

El Magistrado Carlos Gutiérrez López, presidente del Segundo Tribunal Colegiado del Decimonoveno Circuito en Reynosa, dio a conocer la ejecutoria donde se resolvió que, se torna innecesario analizar la constitucionalidad o no de tal determinación, si como quiera ya dejó de producir consecuencias para la empresa, pues ahora la situación la rige el cumplimiento de laudo que ella misma dio ante el propio Tribunal Laboral responsable, de ahí entonces, se considera actualizada una causa de improcedencia .

El 6 de noviembre del 2024, el Segundo Tribunal Laboral Estatal en Reynosa, emitió la sentencia del juicio laboral 111/2024, condenando a Servicios Administrativos Walmart Sociedad de Responsabilidad Limitada de Capital Variable, al pago de la Indemnización Constitucional, Salarios Caídos y Prima de Antigüedad, la empresa recurre al juicio de amparo, presentando sus argumentos jurídicos.

El Magistrado Carlos Gutiérrez López, a quien correspondió estudiar el asunto, determino que, con motivo de la comparecencia de 14 de febrero del 2024, de la actora y la parte demandada del juicio ante el Tribunal Laboral, la primera manifestó quedar satisfecha de todas y cada una de las prestaciones condenadas en la sentencia de 6 de noviembre de 2024, recibiendo en ese acto, de conformidad y para esos efectos, el cheque exhibido por su contraria, solicitando ambas partes el archivo del expediente como totalmente concluido.

Tal escenario conlleva a sostener que, aun cuando en el caso, la sentencia que se reclama en este juicio materialmente sigue existiendo, en cualquier hipótesis ya no está produciendo efecto alguno, en virtud de que ya fue cumplida en sus términos y a entera satisfacción de las partes contendientes, las que incluso solicitaron archivar el asunto como totalmente concluido, ante lo cual el pleno judicial sobresee el juicio de amparo.

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