Juez declara beneficiario de los derechos laborales de fallecido en Nuevo Laredo, a su hijo

Sede de los Tribunales Laborales Federales de Asuntos Individuales en Ciudad Reynosa, Tamaulipas, México, América.
Juez Cinthia Elizabeth de la Vega López

Ciudad Reynosa, Tamaulipas, México, América.- El hijo de una persona fallecida fue en Nuevo Laredo, declarado beneficiario de los derechos laborales del extinto, ya que mediante la sentencia 373/2024, así lo determino el Poder Judicial Federal, una vez realizadas las investigaciones correspondientes, debiendo destacar que en este caso, otro hijo rechazo este beneficio, por lo que solamente uno de ellos se ha beneficiado de los mismos.

La Juez Cinthia Elizabeth De la Vega López, titular del Cuarto Tribunal Laboral Federal de Asuntos Individuales en Reynosa, resolvió, se trae a colación que de la prueba testimonial desahogada en la audiencia de juicio, dos testigos fueron coincidentes en que el actor vivía con su finado padre, además, que dependía económicamente de este último, en ese sentido, es viable tener como beneficiario de los derechos laborales y de seguridad social del fallecido a su hijo, actor en el presente juicio.

No se pasa por alto que diverso hijo también fue llamado a juicio, ahora, de la credencial para votar, se extrae su CURP, y de ahí se obtiene la fecha de nacimiento, de lo que se sigue que a la fecha se trata de una persona mayor de edad y en su comparecencia de 20 de junio de 2025, manifestó que no es su deseo tener intervención en el presente asunto, ni tener interés jurídico, en ese sentido, de modo alguno es factible considerarlo como beneficiario en el presente asunto.

En la inteligencia, de que las personas que se presenten a deducir sus derechos con posterioridad a la fecha, podrán deducir su acción en contra de los beneficiarios declarados en la vía correspondiente, en términos del artículo 503, fracción VII de la Ley Federal del Trabajo; finalmente, se precisa que la designación de beneficiarios, no implica el otorgamiento de prestaciones imprevistas en las normas legales correspondientes, es decir, esta  designación no conlleva el otorgamiento de pensiones que no se contemplan en la Ley del Seguro Social.

El Juzgado emite la sentencia, declarando al actor, como legítimo beneficiario de los derechos laborales y de seguridad social de su padre fallecido, por los motivos expuestos en el considerando respectivo, estos derechos pueden ser salarios devengados, aguinaldo, vacaciones y prima de antigüedad, devolución de los recursos de la AFORE, tramitar pensiones de viudez u orfandad, y recibir ayuda para gastos funerarios.

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