El TFJA en Victoria, anula crédito fiscal del Infonavit, pero niega devolución a una empresa


Ciudad Victoria, Tamaulipas, México, América.- La sala regional Golfo Norte del Tribunal Federal de Justicia Administrativa (TFJA) en Victoria, anulo créditos fiscales cobrados por el (Instituto del Fondo Nacional de la Vivienda para los Trabajadores (Infonavit) a una empresa, pero negó su devolución, aduciendo no haber pruebas de haber sido pagados, ante lo cual mediante la ejecutoria 287/2023, Magistrados Federales, otorgaron el amparo, para que se considere que se acredito el pago de dichos créditos anulados.
La Magistrada María Guadalupe Gámez Beas, presidenta del Segundo Tribunal Colegiado en Materias Administrativa y Civil del Décimo Noveno Circuito en Victoria, dio a conocer la ejecutoria donde se resolvió que, con las constancias allegadas al juicio de origen y su falta de objeción en cuanto a su contenido y alcance probatorio, queda demostrado que sí se pagaron los créditos fiscales correspondientes a los trimestres, los aludidos periodos sí se describen en el detalle de los adeudos con número de folio, y además, la cantidad sí es coincidente.
El 28 de febrero del 2023, el TFJA en Victoria, emitió la sentencia del juicio de nulidad 1454/2022, mediante la cual declaró la nulidad lisa y llana de la resolución impugnada por la empresa Proyectos y Servicios Industriales del Golfo, Sociedad Civil, contrariamente a lo considerado por el Infonavit los créditos fiscales de mérito habían caducado, pero consideró que no quedaba demostrado su pago, la negociación recurre al juicio de amparo.
El Magistrado Ricardo Alejandro González Salazar, a quien correspondió estudiar el asunto, determino que, con las constancias allegadas al juicio de origen y su falta de objeción en cuanto a su contenido y alcance probatorio, queda demostrado que sí se pagaron los créditos fiscales correspondientes a los trimestres anulados, pues, sí se describen en el detalle de los adeudos con número de folio, y además, la cantidad, sí es coincidente entre el aludido detalle de los adeudos con número de folio, y los comprobantes de línea de captura y de pago bancario.
El pleno judicial otorga el amparo para que, el TFJA en Victoria, deje insubsistente la resolución, en otra que dicte, analice nuevamente el planteamiento relativo a la devolución de cantidades pagadas indebidamente y considere que con las constancias de mérito, se acreditó que se pagaron los créditos correspondientes a los bimestres reclamados, respecto de los cuales se declaró la caducidad de las facultades de determinación del instituto demandado.
