El IMSS otorga pensión de cesantía a una persona, pero se olvida de sumar la ayuda asistencial

Tampico, Tamaulipas, México, América.- El Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS), otorgo el 23 de abril del 2021, una pensión mínima garantizada de cesantía en edad avanzada, pero omitió sumar el concepto de ayuda asistencial consistente en el 15 por ciento del salario, ante lo cual mediante la sentencia 33/2025, el Poder Judicial Federal, condeno al pago de la misma, ya que se concluyo que tenia derecho a reclamarla de acuerdo con la ley.
La Juez Kenia Alejandría Hernández Flores, titular del Tercer Tribunal Laboral Federal de Asuntos Individuales en Tampico, resolvió, se concluye que asiste a la parte actora el derecho de reclamar la corrección y/o modificación del monto de la pensión de cesantía en edad avanzada, así como el pago de las diferencias generadas en el pago de dicha pensión a partir de que se generó su derecho a percibirla, esto es, del cuatro de agosto de dos mil veinte y hasta la fecha en que se dé cumplimiento a la presente sentencia.
Le asiste el derecho a la parte actora para recibir el pago correspondiente, pues como se advierte de la propia resolución de otorgamiento de pensión, el instituto demandado reconoció el derecho al otorgamiento de ayuda asistencial, sin embargo, posterior al cálculo de la pensión en términos del artículo 168, no le adiciona el referido concepto, pues únicamente determina la cantidad en pesos, sin que dicha ayuda asistencial se encuentre incluida en el monto.
El juzgado emite la sentencia condenando al IMSS, al ajuste de pensión de cesantía en edad avanzada otorgada al actor, y determine que el monto correcto de dicha pensión a partir del mes de febrero de 2026 es por la cantidad que se establece, entregándole además la resolución de otorgamiento de pensión correspondiente; en la inteligencia de que la cantidad apuntada incluye el incremento anual conforme el Índice Nacional de Precios al Consumidor otorgado a partir de esa fecha, ello sin perjuicio de los incrementos que se pudieran otorgar con posterioridad.
Además, se condena al IMSS a pagar a favor del actor la cantidad establecida por concepto de diferencias en el pago de la pensión por cesantía en edad avanzada (incluyendo el pago de ayuda asistencial e incrementos anuales), por el periodo comprendido del cuatro de agosto de dos mil veinte al mes de marzo de dos mil veintiséis, sin perjuicio de las diferencias que se sigan generando hasta que se dé total cumplimiento a la presente resolución.
