Pemex deberá pagar seguro de vida, indemnización y pensión a familiares de fallecida

Oficina de Petróleos Mexicanos (Pemex), Exploración y Producción en Ciudad Reynosa, Tamaulipas, México, América.
Juez Cinthia Elizabeth de la Vega López

Ciudad Reynosa, Tamaulipas, México, América.- Petróleos Mexicanos (Pemex), deberá pagar 241 mil 314.40 pesos al esposo e hijas de una mujer fallecida, por concepto de seguro de vida e indemnización, ya que mediante la sentencia del Conflicto Individual de Seguridad Social 27/2025, el Poder Judicial Federal, así lo condeno, pero además deberá pagar la pensión post mortem, servicio medico por 15 años, vacaciones y prima vacacional, aguinaldo, fondo de ahorro y gastos funerarios.

La Juez Cinthia Elizabeth de la Vega López, titular del Cuarto Tribunal Laboral Federal de Asuntos Individuales en Reynosa; resolvió, por tanto, es dable establecer que, si la demandada no realizó el pago de la indemnización respectiva a la trabajadora fue en virtud de que la patronal no terminó la relación de trabajo, en atención a lo anterior, y toda vez que la demandada no ofreció prueba alguna para acreditar que la relación de trabajo que sostenía con la trabajadora culminó, se concluye que la relación laboral se encontraba vigente al momento de su fallecimiento.

De la cláusula 132 del contrato colectivo aplicable, se obtiene que el patrón tiene obligación de cubrir al, o los beneficiarios, diversas prestaciones consistentes en el seguro de vida, prima de antigüedad, pensión post mortem, bonificación de productos, canasta básica de alimentos, y alcances insolutos, de ahí que se proceda su condena al ser parte de la acción principal.

El Juzgado emite la sentencia condenando a Pemex a pagar 210 mil 039.60 pesos por seguro de vida, ya que la Cluasula 132 del Contrato Colectivo de Trabajo del IMSS, señala que sus beneficiarios tienen derecho al pago de un seguro de vida, que será pagado de acuerdo con los años de antigüedad que hubiera generado el extinto; en el caso, la trabajadora acumuló una antigüedad de 18 años con 246 días, por tanto, de acuerdo con la precitada cláusula, le corresponde el pago de 20 meses.

También deberá pagar prima de antigüedad, bajo el importe de 20 días del salario ordinario, por cada año de servicios, lo cual equivale a 131 mil 274.8 pesos; Pensión Post Mortem, 276 mil 366 pesos; Proporcionarle a los beneficiarios el servicio médico por el plazo de quince años; o bien, hasta que concluya la causa de dependencia económica, además de vacaciones y prima vacacional, aguinaldo, fondo de ahorro y gastos funerarios.

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