El TFJA no analiza los alegatos de una empresa en un juicio de nulidad contra el IMSS

Sede del Tribunal Federal de Justicia Fiscal y Administrativa (TFJA), en Ciudad Victoria, Tamaulipas, México, América.

Ciudad Victoria, Tamaulipas, México, América.- Los Magistrados de la Sala Regional del Golfo Norte del Tribunal Federal de Justicia Administrativa (TFJA) en Victoria, violaron las garantías de seguridad jurídica y debido proceso, al no analizar los alegatos de una empresa en un juicio de nulidad, contra una resolución del Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS), ante lo cual mediante la ejecutoria 563/2024, Magistrados Federales otorgaron el amparo, para que dichos alegatos sean tomados en consideración.

El Magistrado Javier Loyola Zosa, presidente del Primer Tribunal Colegiado en Materias Administrativa y Civil del Decimonoveno Circuito en Victoria, dio a conocer la ejecutoria donde se resolvió que, se vulneró el principio de congruencia y exhaustividad del artículo 50 de la Ley Federal de Procedimiento Contencioso Administrativo, pues omitió analizar y dar contestación a los alegatos que la empresa formuló en tiempo y forma, tal como se proveyó en acuerdo de 27 de mayo de 2024, en el cual, se estableció que serían analizados y valorados al dictar sentencia.

El 17 de junio del 2024, la sala regional del TFJA en Victoria, emitió la sentencia del juicio contencioso administrativo 1678/23-18-01-8, en la que, declaró fundada la causal de improcedencia y sobreseimiento formulada por el IMSS en su oficio de contestación de demanda; y, sobreseyó en el juicio, bajo el argumento toral de que la demanda se presentó de manera extemporánea, la inmobiliaria Las Julianas, recurre al juicio de amparo.

El Magistrado David Cerda Zúñiga, a quien correspondió estudiar el asunto, determinó que, de los autos del juicio de nulidad, se desprende que, mediante escrito presentado el 16 de mayo de 2024, la parte actora formuló alegatos, de los cuales se advierte que realizó manifestaciones tendientes a desvirtuar la resolución del IMSS, ante la supuesta ilegalidad de la notificación de la resolución determinante, por no cumplir con el requisito de la firma autógrafa; aspecto que, se estima, constituye una temática de estudio preferente, obligatorio y de orden público.

El pleno judicial otorga el amparo para que la sala regional del TFJA en Victoria, deje insubsistente la sentencia reclamada; y, dicte una nueva sentencia, en la que tome en consideración los alegatos de bien probado, presentados por la parte actora en términos del artículo 47 de la Ley del Procedimiento Contencioso Administrativo, y se pronuncie con libertad de jurisdicción.

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