Por no realizar exhaustiva investigación de domicilio, anulan juicio hipotecario en Altamira


Ciudad Victoria, Tamaulipas, México, América.- El Juzgado Segundo Civil de Altamira, no realizo una búsqueda exhaustiva de un demandado en un juicio hipotecario promovido por el Banco Banorte, ante lo cual mediante la ejecutoria 9/2023, Magistrados Federales, anularon todo el juicio estatal, al otorgar amparo para que se indague el domicilio y se cite de manera legal al reo, a fin de que pueda tener derecho a defenderse.
La Magistrada María Guadalupe Gámez Beas, presidenta del Segundo Tribunal Colegiado en Materias Administrativa y Civil del Decimonoveno Circuito en Victoria, dio a conocer la ejecutoria donde se resolvió que, no se advierte que se haya realizado una búsqueda exhaustiva con los medios razonables al alcance del Juez, a fin de localizar al demandado; pues de las imposibilidades de los actuarios, no se traduce en un desconocimiento general del domicilio, ya que pudo solicitar información a diversas dependencias y realizar una investigación más amplia.
El siete de diciembre de 2022, Juzgado Décimo de Distrito en Tampico, emitió la sentencia del juicio 408/2022, mediante la cual negó el amparo al demandado en el juicio hipotecario, el afectado presenta recurso de revisión, argumentando que, indebidamente que el emplazamiento por edictos ordenado en el juicio hipotecario de origen fue legal, esto pues previo a ordenar dicho emplazamiento no se agotaron los medios de investigación necesarios para localizar su domicilio.
El Magistrado Rubén Darío Silva Saldívar, a quien correspondió estudiar el asunto, determino que, la insuficiencia de la investigación realizada por el Juez de origen para la localización del domicilio del demandado, pues si bien las autoridades informaron los domicilios que tenían en su base de datos, lo cierto es que, en el caso, contrario a lo que se razonó en la sentencia recurrida, fue ilegal el emplazamiento por edictos, por no haberse precedido de una cabal y exhaustiva investigación.
El pleno judicial por unanimidad de votos de los Magistrados Magistrada María Guadalupe Gámez Beas, Rubén Darío Silva Saldívar y Perla Deyanira Pineda Cruz, revoca la sentencia y otorga el amparo para que el Juzgado Segundo Civil de Altamira, deje insubsistente todo lo actuado a partir del proveído en que ordenó el emplazamiento por edictos y, provea lo que en derecho corresponda respecto de su llamamiento a juicio.
