Juez requiere al presidente del Tribunal burocrático de Tamaulipas, que obligue a dependencia a cumplir un Laudo

Oscar Godoy Espinosa.

Ciudad Victoria, Tamaulipas, México, América.- El Poder Judicial Federal, viene requiriendo a Oscar Godoy Espinosa, presidente del Tribunal de Conciliación y Arbitraje de los Trabajadores al Servicio del Estado y los Municipios (Tcatsem), que cumpla la sentencia 1574/2021 que otorgó el amparo, y requiera a una dependencia, el cumplimiento de la condena establecida en un Laudo, de no hacerlo comenzaran a aplicarse las sanciones establecidas en la Ley de amparo.

El Juez José Guerrero Durán, titular del Juzgado Segundo de Distrito en Victoria, acordó “Se declara que la sentencia ha causado ejecutoria para todos sus efectos legales. En consecuencia, se requiere al Presidente del Tribunal Conciliación y Arbitraje del Estado, con sede en esta ciudad, para que en el plazo de tres días, contados a partir de la legal notificación del presente auto, cumpla con la ejecutoria de amparo en los términos siguientes: Requerir el cumplimiento del laudo dictado dentro del juicio laboral 265/E/2021 y acumulado 444/E/2013.”

La sentencia emitida el primero de septiembre del 2022, otorgo el amparo a un ciudadano, para que, el presidente del Tcatsem, con sede en esta ciudad, reequerir el cumplimiento del laudo dictado dentro del juicio laboral 265/E/2021 y acumulado 444/E/2013, de su índice, debiendo apercibir a las autoridades correspondientes con las medidas de apremio que tenga a su alcance y, en caso de contumacia, aplicar éstas hasta lograr su cumplimento.

El Juez señalo en la sentencia que, de las constancias que acompañó el presidente del Tribunal a su informe con justificación, mismas que fueron valoradas con anterioridad, en lo que interesa se desprende que, dentro del juicio natural del índice del Tcatsem, con sede en esta ciudad, se condenó a la (se ocultó el nombre a pesar de ser dependencia pública) quien es parte demandada en aquél asunto, en el laudo dictado dentro del citado expediente laboral, también se ocultó la condena laboral.

Sin embargo, de las constancias anexas al informe justificado no se acredita que dicha autoridad justifique el cumplimiento del laudo, aunado que a la fecha se haya acreditado haber hecho entrega al inconforme del numerario correspondiente con motivo del crédito laboral que obtuvo como consecuencia del laudo pronunciada dentro del expediente de origen, lo anterior, hace patente la violación al derecho de justicia rápida.

Comparte esta noticia

Deja una respuesta

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *