Obligan a la Sala Regional del STJE en Reynosa, a realizar audiencia pública de sentencia

Sede de la Sala Regional del Supremo Tribunal de Justicia del Estado (STJE), en Ciudad Reynosa, Tamaulipas, México, América.

Nuevo Laredo, Tamaulipas, México, América.- El Poder Judicial Federal, obligo a la Sala Regional Reynosa del Supremo Tribunal de Justicia en del Estado (STJE), a realizar audiencia pública para emitir resolución de apelación de   sentencia a un acusado de delitos de violencia familiar, ello en cumplimiento a la sentencia 346/2022, que otorgo el amparo, ya que al no hacerlo violo las garantías constitucionales de seguridad jurídica y debido proceso.

La Juez Judith Alhelí Andrade Villafán, titular del Juzgado Tercero de Distrito en Nuevo Laredo, al momento de la sentencia, determino que, al resolver el recurso de apelación interpuesto por el afectado, para impugnar el auto de no vinculación a proceso emitido por el Juez de Control de en Nuevo Laredo, por el delito de violencia familiar, la Sala no celebró la audiencia pública de sentencia, lo cual, trastoca las formalidades esenciales del procedimiento del sistema penal acusatorio.

El ocho de junio de dos mil veintidós, el Magistrado que tenía la titularidad de la Sala Regional Reynosa del STJE en Reynosa, emitió la resolución de apelación, a través de la cual confirmó el auto de no vinculación a proceso decretado en su contra el veinticinco de marzo de dos mil veintidós, por el Juez de Control de Nuevo Laredo, ante ello el procesado recurre al juicio de amparo.

La Juez señalo que, se estableció la constitucionalidad del precepto 476, del Código Nacional de Procedimientos Penales, pues en dado caso de que no se haya celebrado la audiencia de aclaración de alegatos, por no haberse reunido los requisitos de la solicitud de parte o que se haya atendido a un acto oficioso necesario por parte del Tribunal de Apelación, no significa que se transgreda el derecho del implicado a ser sentenciado en audiencia pública, previa citación de las partes.

El Juzgado Federal, otorga el amparo parpa que, se deje insubsistente la resolución de 8 de junio de 2022, que confirmó el auto de no vinculación a proceso dictado por el Juez de Control en Nuevo Laredo; se reponga el procedimiento a fin de que, se lleve a cabo la audiencia pública de sentencia y abierta la audiencia y llevada a cabo en términos legales, emita la resolución de alzada que corresponda, lo cual ya fue dado por cumplido.

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