El IMSS deberá pagar 27 mil 555 pesos a una asistente médica, por ayuda de renta

Ciudad Reynosa, Tamaulipas, México, América.- El Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS), deberá pagar 27 mil 555 pesos a unja asistente médica, por diferencias de ayuda de renta, aunque oficialmente le robo tres años por la prescripción establecida por el Congreso de la Unión, ya que mediante la ejecutoria 157/2023, Magistrados Federales, le negaron el amparo al órgano federal por ser inoperantes sus argumentos jurídicos.
El Magistrado Carlos Manuel Bautista Soto, presidente del Segundo Tribunal Colegiado del Décimo Noveno Circuito en Reynosa, dio a conocer la ejecutoria donde se resolvió que, si se toma en consideración que la Junta responsable determinó que el instituto demandado incumplió con su carga probatoria a efecto de acreditar su postura defensiva -esto es, que la relación laboral con la accionante había estado sujeta a interrupciones-, toda vez que dicha postura fue genérica pues ni siquiera estableció cuáles fueron los periodos que laboró.
El 30 de noviembre del 2022, la Junta Especial Número Sesenta de la Federal de Conciliación y Arbitraje del Estado (JFCA) en Reynosa, emitio el laudo del juicio laboral 746/2019, condenando al IMSS, a reconocer, la antigüedad de 17 años, 18 quincenas, debiendo cubrir las prestaciones de ayuda de renta cláusula 63 bis inciso c), únicamente por 1 año al resultar procedente la excepción de prescripción, el órgano federal recurre al juicio de amparo.
El Magistrado Osbaldo López García, a quien correspondió estudiar el asunto, determino que, la actora ofreció las documentales consistentes en recibos de nómina, a los que se otorgó valor probatorio y con los cuales tuvo por demostrada la fecha de ingreso de la accionante, a partir de la quincena 17 del año 2001, esto es, a partir del mes de septiembre de 2001, concluyendo que tenía una antigüedad pendiente de reconocer por el demandado de 4 años 18 quincenas.
Además, de la lectura del fallo impugnado es factible advertir que la autoridad responsable sí efectuó la cuantificación correspondiente realizando y explicando las operaciones aritméticas que llevó a cabo para tal efecto, así como el salario y el número de días que tomó en cuenta para ello, por lo que ante la ineficacia de los conceptos de violación, el pleno judicial niega el amparo al IMSS.