Niegan amparo al IMSS, deberá otorgar pensión por incapacidad a una mujer de Reynosa

Subdelegación del Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) en Ciudad Reynosa, Tamaulipas, México, América.

Ciudad Reynosa, Tamaulipas, México, América.- El Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS), deberá pagar pensión por incapacidad permanente parcial en un 60 por ciento a favor de una ciudadana de Reynosa, ya que mediante la ejecutoria 343/2023, Magistrados Federales, le negaron el amparo al órgano federal en contra de la Junta Especial Número Sesenta de la Federal de Conciliación y Arbitraje (JFCA), por ser inoperantes e infundados sus argumentos jurídicos.

El Magistrado Osbaldo López García, presidente del Segundo Tribunal Colegiado del Decimonoveno Circuito en Reynosa, dio a conocer la ejecutoria donde se resolvió que, el IMSS no detalla cada uno de los puntos a que se refiere, es decir, sin especificar cuáles pruebas fueron valoradas de manera incorrecta, o bien, cuáles se dejaron de analizar, así como la razón del porqué considera que la acción no se analizó; es inconcuso que ello, por sí mismo resulta inoperante, pues se insiste, dado que en el caso no es procedente la suplencia de la queja.

El 15 de febrero del 2023, la Junta Especial Número Sesenta de la JFCA en Reynosa, emitió el Laudo del juicio laboral 975/2018, mediante el cual condeno al IMSS, a otorgar y pagar la pensión por incapacidad permanente parcial en un 60 por ciento a favor de la actora, así como los aguinaldos que se generen a partir de la fecha de la presente resolución, la dependencia federal recurre al juicio de amparo.

El Magistrado Carlos Manuel Bautista Soto, a quien correspondió estudiar el asunto, determino que, no asiste razón al IMSS en el aspecto en que se queja de la omisión en el análisis la acción intentada en juicio; habida cuenta que del estudio integral del laudo reclamado, se advierte que precisamente la Junta del conocimiento se abocó al estudio fundado y motivado de la acción de incapacidad que hizo valer la parte actora y concluyó en su procedencia.

A ese respecto, la Junta analizó y valoró la prueba pericial médica ofrecida por la parte actora y concluyó en que merecía pleno valor probatorio, por resultar de un estudio minucioso y tener una descripción específica de los padecimientos de la actora; lo cual –dijo- fue individualizado con el puesto de trabajo y redundó en un dictamen pormenorizado, detallado y secuencial, ante lo cual el pleno judicial niega el amparo al IMSS.

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