Pemex deberá otorgar el 50 por ciento de prestaciones de fallecido a la esposa y la concubina

Sede de Petróleos Mexicanos (Pemex) Exploración y Producción en Ciudad Reynosa, Tamaulipas, México, América.

Ciudad Reynosa, Tamaulipas, México, América.- Petróleos Mexicanos (Pemex), deberá otorgar el 50 por ciento de las prestaciones derivadas del fallecimiento de un trabajador a la esposa y la concubina respectivamente; mientras que el restante 50 por ciento se reconoce a favor de dos de sus hijos, ya que mediante la ejecutoria 494/2023, Magistrados Federales, le negaron el amparo a la dependencia en contra de la autoridad laboral.

El Magistrado Osbaldo López García, presidente del Segundo Tribunal Colegiado del Decimonoveno Circuito en Reynosa, dio a conocer la ejecutoria donde se resolvió que, en términos de la cláusula 132 del Contrato Colectivo de Trabajo y con el criterio orientador del amparo 32/2022, de la Segunda Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN ) las prestaciones otorgadas al “cónyuge” deben ser proporcionales a cada una de las personas que hayan acreditado contar con ese vínculo matrimonial con el de cujus, como es la concubina.

El siete de julio del 2023, el Cuarto Tribunal Laboral Federal de Asuntos Individuales en Reynosa, emitió la sentencia del juicio laboral 10/2023, mediante el cual declara a la esposa y la concubina como legítimas beneficiarias, en partes iguales, del 50 por ciento de las prestaciones derivadas del fallecimiento del trabajador; mientras que el restante 50 por ciento se reconoce a favor de sus hijos, Pemex, recurre al juicio de amparo.

El Magistrado Carlos Gutiérrez López, a quien correspondió estudiar el asunto, determino que, bajo un análisis con perspectiva de género, dicha protección no sólo debe corresponder a la cónyuge que aparezca como beneficiaria en el documento de designación respectivo o respecto de la persona que demuestre ser la cónyuge, sino que debe hacerse extensiva a aquella otra persona que también acredite contar con la calidad de cónyuge en términos de la protección del derecho a la familia, como lo es la concubina.

En la actualidad es común que las relaciones familiares se conforman en distintas formas, por lo que el estereotipo de familia se ha transformado y ha evolucionado hasta reconocer la existencia de una gran diversidad de grupos de personas unidas por otro tipo de vínculos y afectos diferentes del matrimonio tradicionalmente aceptado, ante lo cual el pleno judicial niega el amparo a Pemex.

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