La SICT, deberá pagar indemnización a Ejido de Altamira por construcción de carretera  

Delegación de la Secretaría de Infraestructura, Comunicaciones y Transportes (SICT) en Ciudad Victoria, Tamaulipas, México, América.

Ciudad Victoria, Tamaulipas, México, América.- La Secretaría de Infraestructura, Comunicaciones y Transportes (SICT), deberá pagar 6-94-96.175. hectáreas al Ejido Maclovio Herrera de Altamira, por los terrenos ocupados el 16 de agosto del 2007, para la construcción de la carretera federal 80, tramo Tampico-Mante, ya que mediante la ejecutoria 207/2023. Magistrados Federales, le negaron el amparo a la institución federal en contra del ex Tribunal Unitario Agrario (TUA) en Altamira.

El Magistrado Javier Loyola Zosa, presidente del Primer Tribunal Colegiado en Materias Administrativa y Civil del Décimo Noveno Circuito en Victoria, dio a conocer la ejecutoria donde se resolvió que, la dependencia del Poder Ejecutivo Federal, no desvirtuó la afirmación de la actora en el sentido de que la tierra ocupada en el tramo carretero compuesto de 6-94-96.175 hectáreas no ha sido expropiada al Ejido y por ende no ha recibido el pago indemnizatorio correspondiente.

El 16 de enero de 2023, el ex TUA de Altamira, emitió la sentencia del juicio agrario 1005/2018-43, mediante el cual condeno a la hoy SICT, al pago indemnizatorio a favor del ejido Maclovio Herrera de Altamira Tamaulipas, como complimiento sustituto, por virtud de la afectación que sufre en su propiedad, por la construcción y operación del tramo carretero, debiendo considerar el valor comercial, la institución recurre al juicio de amparo.

El Magistrado Gerardo Octavio García Ramos, a quien correspondió estudiar el asunto, determino que, la SICT, se limita a verter aseveraciones en el sentido que se precisan, sin controvertir la razón toral en que se apoyó la responsable para restar valor probatorio a las pruebas que ofreció, pues nada dice para evidenciar, por qué en su opinión y contrario a lo referido por el Magistrado del conocimiento, la prueba pericial que ofreció merece valor probatorio y es útil al igual que el convenio de ocupación, el avalúo genérico.

Además del acuse de recibo de 22 de agosto de 2007, para acreditar que pagó la totalidad de la superficie que ocupa la construcción de la carretera Tampico-Mante dentro de las tierras propiedad del ejido, o bien exponga los motivos por los cuales la pericial aportada por la actora no acredita que la afectación en las tierras del ejido consta de dos superficies distintas, ante lo cual el pleno judicial niega el amparo.

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