Niegan amparo a Ómnibus de México, deberá reinstalar a chofer despedido

Ómnibus de México Ciudad victoria, Tamaulipas, México, América.

Ciudad Victoria, Tamaulipas, México, América.- La empresa Ómnibus de México, deberá reinstalar a un chofer despedido el 5 de septiembre del 2013, y pagarle los salarios caídos con los incrementos salariales, ya que mediante la ejecutoria 395/2023, Magistrados Federales, le negaron el amparo a la compañía, en contra de la Junta Especial Número Treinta y Siete de la Federal de Conciliación y Arbitraje (JFCA) en Victoria, por ser inoperantes sus argumentos jurídicos.

La Magistrada Olga Iliana Saldaña Durán, presidenta del Segundo Tribunal Colegiado en Materias Penal y de Trabajo del Décimo Noveno Circuito en Victoria, dio a conocer la ejecutoria donde se resolvió que, los aumentos son parte integrante del salario, el cual constituye la retribución que debe pagar el patrón al trabajador por su trabajo, y se integra con los pagos hechos en efectivo, por cuota diaria, gratificaciones, percepciones, habitación, primas, comisiones, prestaciones en especie, y cualquier otra cantidad o prestación.

El 23 de marzo de 2023 la Junta Especial Número Treinta y Siete de la JFCA, emitió el Laudo del juicio laboral 574/2013, mediante el cual condeno a Ómnibus de México, a la reinstalación en su trabajo, pago de salarios caídos con incrementos salariales, entre otros, la empresa recurre al juicio de amparo, argumentando que es ilógico que se condene al pago de incrementos salariales cuando le corresponde al actor acreditar que éstos se hayan originado.

La Magistrada Olga Iliana Saldaña Durán, a quien correspondió estudiar el asunto, determino que, los salarios mínimos generales deberán ser suficientes para satisfacer las necesidades normales de un jefe de familia, en el orden material, social y cultural, y para proveer a la educación obligatoria de los hijos, tiene su fundamento en que la economía es un factor social fluctuante; por lo que, los salarios, teniendo como propósito principal el sustento del trabajador y su familia, han de responder a las variantes macroeconómicas del país.

En consecuencia, si conforme a los preceptos anteriormente analizados el salario de los trabajadores es susceptible de actualizarse y, en la especie, quedó demostrada la existencia del despido, es claro que deben cubrirse los salarios caídos con sus respectivas actualizaciones o incrementos que queden justificados en el incidente respectivo; de ahí lo infundado de su argumento, ante lo cual el pleno judicial niega el amparo a Ómnibus de México.

Comparte esta noticia

Deja una respuesta

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *