Juez valida usura del Banco Santander, en interés de 25 puntos adicionales a la TIIE multiplicada por 1.5 veces

Ciudad Victoria, Tamaulipas, México, América.- La Juez Ayerim Guillen Hernández, titular del Juzgado Primero Civil de Altamira, valido usura al condenar al pago de 3 millones 295 mil 356.80 pesos, resultado de aplicar 25 puntos adicionales por intereses ordinarios a la Tasa de Interés Interbancaria de Equilibrio (TIIE), mientras los moratorios esa misma cantidad multiplicada por 1.5 veces, al Banco Santander, ante lo cual mediante la ejecutoria 631/2022, Magistrados Federales, otorgaron amparo.
El Magistrado Javier Loyola Zosa, presidente del Primer Tribunal Colegiado en Materias Administrativa y Civil del Decimonoveno Circuito en Victoria, dio a conocer la ejecutoria donde se resolvió que, podrían resultar usura, ya que los ordinarios se pactaron con base en la Tasa de Interés Interbancaria de Equilibrio (TIIE), pero se suman “25 puntos adicionales”; mientras que los intereses moratorios se fijaron a razón de la citada TIIE más los veinticinco – 25- puntos adicionales), cuya sumatoria posteriormente debía multiplicarse a razón de 1.5 veces.
El 12 de octubre del 2022, el Juzgado Primero Civil de Altamira, emitió la sentencia del juicio ejecutivo mercantil oral 456/2022, condeno al pago total, de 3 millones 295 mil 356.80 pesos; el deudor recurre al juicio de amparo y la Magistrada María Felícitas Herrera García, a quien correspondió estudiar el asunto, determino que el Juzgado Estatal, omitió verificar si los intereses ordinarios y moratorios pactados eran o no usurarios.
El cobro del Banco Santander fue de 2 millones 566 mil 562.50 pesos, por concepto de suerte principal (capital); 661 ,mil 406.43, por concepto de intereses ordinarios; 61 mil 565.74 pesos, por concepto de impuesto al valor agregado (IVA) de los intereses ordinarios; 42 mil 669.52 pesos, por concepto de intereses moratorios; más los que se sigan generando mientras persista la mora; 3 mil 155.61 pesos, por concepto de IVA de intereses moratorios; más lo que se sigan generando mientras persista la mora y el pago de los gastos y costas del juicio.
El pleno judicial otorga el amparo, para que el Juzgado Primero Civil de Altamira, deje sin efectos la sentencia reclamada; emita otra en la que, con plenitud de jurisdicción, analice de forma oficiosa si en el particular las tasas de intereses ordinarios y moratorios pactados en el contrato de crédito base de la acción, resultan usurarias o no, a la luz de los parámetros establecidos jurisprudencialmente por la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN).