Obligan a la Junta 39 en Tampico, a resolver sobre las pruebas ofrecidas en un juicio laboral

Edificio federal, donde se encuentra la Junta Especial Número Treinta y Nueve de la Federal de Conciliación y Arbitraje (JFCA) en Tampico, Tamaulipas, México, América.

Tampico, Tamaulipas, México, América.- El Poder Judicial Federal, obligo a la Junta Especial Número Treinta y Nueve de la Federal de Conciliación y Arbitraje (JFCA) en Tampico, a resolver sobre las pruebas ofrecidas en un juicio laboral, ello en cumplimiento a la sentencia 426/2024, que otorgo el amparo, ya que al no hacerlo en cinco días, violo la garantía constitucional de justicia rápida en perjuicio de una trabajadora.

El Juez Advento Hernández Reyna, titular del Juzgado Décimo de Distrito en Tampico (al momento de la sentencia), resolvió que, se advierte que la autoridad responsable lo establecido en el artículo 17 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en razón que sin fundamento, ni justificación alguna, ha incumplido con la obligación que en forma imperativa le impone dicho precepto legal, en virtud que la Junta responsable omite proveer sobre las pruebas ofrecidas por las partes en el expediente laboral.

La sentencia emitida el 11 de junio del 2024, otorgo el amparo para que la Junta Especial Número Treinta y Nueve de la JFCA en Tampico, provea lo conducente sobre las pruebas ofrecidas por las partes en el expediente laboral (cuyo numero fue ocultado por el Juzgado), es decir se ordena resolver sobre las pruebas ofrecidas y seguir adelante  con el juicio laboral.

El Juez señalo que, el ordenamiento constitucional que consagra la garantía denominada derecho a la jurisdicción que consiste conforme al texto literal del citado precepto, en que: “toda persona tiene derecho a que se le administre justicia por los tribunales que estarán expeditos para impartirla en los plazos y términos que fijan las leyes, emitiendo sus resoluciones de manera pronta, completa e imparcial (…)”; ello significa que el requisito de prontitud en la impartición de justicia tiene como elemento esencial.

De esta manera, se puede afirmar que la adecuada impartición de justicia se produce en cuanto mira a la celeridad, cuando cualquier procedimiento sea administrativo, penal, civil o laboral, se lleva a cabo dentro de los plazos y términos legales, que son elementos que se introducen en la secuela procedimental, para determinar con precisión el avance de una etapa a otra; en este caso la sentencia ya fue dada por cumplida.

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