Para negar pensión, el IMSS solo reconocía 338 semanas cotizadas a trabajador, tenia 784

Subdelegación del Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) en Ciudad Victoria, Tamaulipas, México, América.
Juez Griselda Marisol Vázquez García.

Ciudad Victoria, Tamaulipas, México, América.- El Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS), de manera ilegal pretendía solo reconocer 338 semanas de cotización a un trabajador, para negarle el otorgamiento de pensión, sin embargo, mediante la sentencia 34/2024, el Poder Judicial Federal, condeno a la dependencia federal a reconocer 784 semanas cotizadas y por tal motivo a otorgar la pensión con base en la Ley de 1973.

La Juez Griselda Marisol Vázquez García, titular del Primer Tribunal Laboral Federal de Asuntos Individuales en Victoria, resolvió que, la copia al carbón del aviso de inscripción del trabajador de 7 de enero de 1969), a favor del actor y expedido por el IMSS, es un medio de convicción suficiente para desvirtuar la hoja de certificación de derechos exhibida por la demandada, en lo que se refiere al número de semanas cotizadas, toda vez que generan convicción respecto a que el actor fue dado de alta ante organismo a partir esa fecha.

El 7 de diciembre de 2021 el IMSS le otorgó resolución de negativa de pensión al trabajador, en la cual se le negó la pensión de Vejez, sustentada en que únicamente tiene reconocidas 338 semanas de cotización al 22 de noviembre de 2021 y en consecuencia, no se cubre el requisito del artículo 162 de la Ley del Seguro Social, así mismo aplicó el régimen de la Ley del Seguro Social de 1997, no obstante, le corresponde se le aplique la Ley de 1973.

La Juez señalo que, las pruebas idóneas para acreditar semanas cotizadas de acuerdo a la Ley del Seguro Social son pruebas directas tales como los avisos de alta y baja del asegurado o el pago de las cuotas respectivas, la “hoja rosa”, entre otros, es decir, que se acrediten las objeciones hechas a las documentales públicas como lo son la hoja de certificación de derechos, con un documento que incida en un movimiento afiliatorio porque tal movimiento no aparezcan comprendidos en dicha certificación.

El Juzgado emite la sentencia condenando al IMSS, a reconocer un total de 784 semanas de cotización, pagar la pensión de vejez, bajo el régimen de la Ley del Seguro Social de 1973, a pagar del periodo de 22 de noviembre de 2021 a la data de la presente sentencia, la cantidad establecida más los montos de pensión que se continúen generando, a pagar aguinaldo, al otorgamiento de asistencia médica, quirúrgica, hospitalaria y farmacéutica.

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