Hermana de fallecido obtiene cuotas de Afore y casa de Infonavit en juicio laboral en Tampico

Edificio del Poder Judicial Federal, donde se encuentra el Juzgado Laboral en Tampico, Tamaulipas, México, América.
Juez Luis Enrique Burgos Flores.

Tampico, Tamaulipas, México, América.- Debido al fallecimiento de un trabajador, mediante la sentencia 144/2024, el Poder Judicial Federal, condeno a la Afore Coppel, a regresar lo existente en las subcuentas de retiro 92 y 97, Cesantía y vejez y cuota social, de la cuenta individual de un extinto trabajador a su hermana, y el Instituto del Fondo Nacional de la Vivienda para los Trabajadores (Infonavit), entregarle la casa liberada de hipoteca.

El Juez Luis Enrique Burgos Flores, titular del Juzgado de Distrito Especializado en Materia de Trabajo del Segundo Tribunal Laboral Federal de Asuntos Individuales en Tampico, resolvió que, en el caso de la Afore Coppel, de los estados de cuenta a nombre del extinto trabajador, se acredita la existencia de los montos acumulados en la cuenta individual del trabajador fallecido, lo que evidencia la existencia de cantidades susceptibles de ser devueltas y entregadas a la hermana del fallecido.

En cuanto al Infonavit, resulta procedente condenarlo, a realizar todas las gestiones necesarias para la liberación de del crédito de vivienda en favor de hermana en su carácter de beneficiaria de los derechos laborales del extinto; a realizar las acciones pertinentes para la adjudicación (transmisión de la propiedad) del bien inmueble cancelando los gravámenes o limitaciones de dominio respecto del inmueble citado.

En cuanto a la empresa Técnica Industrial Tamayo, donde laboraba el extinto como mecánico reparador de autos, se le condeno a el pago de la cantidad que resulte por concepto de vacaciones y prima vacacional; El pago del aguinaldo; El pago de la prima de antigüedad, derivadas de la relación de trabajo que existió con el extinto desde el quince de diciembre de mil novecientos noventa y siete hasta el dieciséis de marzo de dos mil veinticuatro, las cuales la hermana demandó en su carácter de beneficiaria.

El Juzgado emite la sentencia reconociendo a la hermana, como única y legítima beneficiaria de los derechos laborales del extinto trabajador; condena a la Afore Coppel, a pagarle lo establecido, por subcuentas de retiro 92 y 97, Cesantía y vejez y cuota social; al Infonavit, a pagarle la cuenta de vivienda 97 y transmitirle la vivienda a Técnica Industrial Tamayo, a pagarle vacaciones, prima vacacional, aguinaldo y prima de antigüedad.

Comparte esta noticia

Deja una respuesta

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *