Magistrado del STJE de Tamaulipas, valida inconstitucional audiencia de juicio oral penal

Magistrado Javier Castro Ormaechea

Tampico, Tamaulipas, México, América.- El Magistrado Javier Castro Ormaechea, del Supremo Tribunal de Justicia del Estado (STJE), valido una audiencia de juicio oral que rebaso el plazo para su continuación, a un acusado de obligaciones alimenticias, que había sido absuelto y lo condeno, violando garantías constitucionales, ante lo cual mediante la ejecutoria 863/2023, Magistrados Federales, otorgaron el amparo, anulando dicha audiencia.

El Magistrado Edgar Alonso Ambriz Tovar, presidente del Tercer Tribunal Colegiado en Materias Penal y de Trabajo del Decimonoveno Circuito en Tampico, dio a conocer la ejecutoria donde se resolvió que, la audiencia de juicio oral iniciada el veintinueve de septiembre de dos mil veintidós, tuvo una interrupción que, dicho sea de paso, rebasó el plazo de diez días que el legislador estableció como máximo para su reanudación sin que se determinara reiniciar el juicio ante un nuevo tribunal de enjuiciamiento.

El 13 de febrero del 2023, el Magistrado Javier Castro Ormaechea, titular de la Segunda Sala del STJE, emitió la sentencia de apelación 5/2023, mediante la cual revocó la sentencia absolutoria de 16 de noviembre de 2022, dictada contra el sentenciado por el Tribunal Unitario de Enjuiciamiento en Reynosa, por el del delito de abandono de obligaciones alimenticias y dictó sentencia condenatoria, el afectado recurre al juicio de amparo.

El Magistrado Miguel Anguel Villaseñor Reyes, a quien correspondió estudiar el asunto, determino que, existió una dilación ocurrida en el juicio oral, la cual tuvo lugar en el siguiente intervalo del 7 al veinticuatro de octubre de 2022 (fecha en que se reanudó la audiencia de juicio); esto es, transcurrieron siete días, después de la fecha en que legalmente se tenía que haber reanudado (diecisiete de octubre de dos mil veintidós), considerando además que en la audiencia suspendida sí hubo desahogo de medios probatorios.

El pleno judicial otorga el amparo para que, se deje insubsistente la sentencia reclamada: se emita una nueva determinación en la declare nulo todo lo actuado en la audiencia de juicio oral celebrada en la carpeta procesal CP/215/2020 y ordene el reinicio de dicha audiencia ante un tribunal de enjuiciamiento distinto; establezca que una vez hecho lo anterior, con plenitud de jurisdicción se resuelva lo que en derecho corresponda.

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