Niegan amparo al ITEA, deberá pagar 125 mil pesos a despedido en 2019

Sede del Instituto tamaulipeco para la Educación de los Adultos (ITEA) en Ciudad Victoria, Tamaulipas, México.

Ciudad Victoria, Tamaulipas, México, América.- El Instituto Tamaulipeco de Educación para Adultos (ITEA), deberá pagar 125 mil 580.60 pesos, a un trabajador despedido en 2019, ya que mediante la ejecutoria 195/2024, Magistrados Federales, le negaron el amparo al órgano estatal, en contra del Tribunal de Conciliación y Arbitraje de los Trabajadores al Servicio del Estado y los Municipios (Tcatsem), por ser ineficaces e inoperantes sus argumentos jurídicos.

El Magistrado Víctor Hugo Alejo Guerrero, presidente del Segundo Tribunal Colegiado en Materias Penal y de Trabajo del Decimonoveno Circuito en Victoria, dio a conocer la ejecutoria donde se resolvió que, la autoridad responsable fue clara y contundente al establecer que la demandada no acreditó sus excepciones, ya que no demostró la causal de rescisión de la relación laboral aplicada al actor, por no haber comparecido a la audiencia de pruebas y alegatos, por lo que no ofreció pruebas.

El dieciocho de octubre de dos mil veintitrés, el Tcatsem, emitió el Laudo del juicio laboral 199/E/2019, mediante el cual condeno al ITEA, supletoria, al pago de 15 mil 729 pesos indemnización constitucional; 62 mil 916 pesos, por salarios caídos; 27 mil 612.08 pesos, por prima de antigüedad; 12 mil 233.20 pesos, de parte proporcional de aguinaldo; 3 mil 495.20 pesos, por prima vacacional, entre otros, el organismo recurre al juicio de amparo.

La Magistrada Patricia Martínez Meléndez, a quien correspondió estudiar el asunto, determino que, el Tcatsem, al momento de contestar la demanda inicial señaló que el actor no fue despedido sino que al mismo se le rescindió la relación de trabajo sin responsabilidad para el patrón, toda vez que incurrió en las causales de rescisión contenidas en las fracciones II, XI y XV del artículo 47 de la citada ley laboral; y ello no se acreditó en el juicio, por lo que condenó a la indemnización constitucional y sus accesorias.

Por lo que, contrario a lo señalado por el ITEA, la litis sí fue planteada correctamente, ya que el actor efectivamente reclamó un “despido”, al señalar en su demanda que reclamaba tres meses de indemnización constitucional y salarios caídos desde el día en que fue despedido injustificadamente, ante lo cual el pleno judicial emite la sentencia ejecutoria negando el amparo al organismo estatal.

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