Aseguradora de Tampico deberá pagar intereses por no cubrir a tiempo seguro medico

Ciudad Victoria, Tamaulipas, México, América.- Los pagos parciales que realizo una aseguradora de Tampico (a la cual se le protegió ocultando el nombre) se aplicaran los intereses moratorios y a la actualización en Unidades de Inversión de las obligaciones (UDIS), y después a la obligación, principal, ya que mediante la ejecutoria 104/2021, otorgaron el amparo a un ciudadano, porque la empresa no cumplió con pagar a tiempo el seguro contratado.

El Magistrado Víctor Pedro Navarro Zárate, presidente del Segundo Tribunal Colegiado en Materias Administrativa y Civil del Décimo Noveno Circuito en Victoria, dio a conocer la ejecutoria en la que se determinó que, la condena oficiosa de mora encuentra sustento en la conducta que han desplegado las instituciones de seguros, y que orillaron al legislador a establecer un correctivo que se actualice por el solo transcurso del tiempo en el cual han incumplido sus obligaciones; por ende, el monto parcial cubierto por la aseguradora, no puede aplicarse a la obligación principal.

El 30 de octubre del 2020, el Juzgado Noveno de Distrito, emite la sentencia del juicio  821/2019 en la que negó el amparo en contra del Juzgado Segundo Civil de Altamira, por la resolución incidental de liquidación de sentencia de 27 de junio de 2019, relativa al juicio oral mercantil 227/2016 promovido donde se declaró legal pago parcial a la suerte principal y no a los intereses, el afectado presenta recurso de revisión.

Jorge Luis Beas Gámez, secretario del Tribunal en funciones de Magistrado, a quien correspondió estudiar el asunto, determino que, el reclamo del ciudadano derivó de un seguro de gastos médicos mayores individual, a consecuencia de un accidente que sufrió en su domicilio el seis de enero de 2016, lo que ocasionó gastos médicos que no fueron cubiertos por la aseguradora en esa data, lo que produjo la tramitación del juicio oral de origen en la que se dictó una sentencia condenatoria.

El pleno judicial revoca la sentencia y otorga el amaro para que, se deje insubsistente la interlocutoria reclamada; y en su lugar dicte otra, en la que tomando en cuenta las consideraciones vertidas, determine que cuando la institución aseguradora, no paga el importe de las obligaciones asumidas y la indemnización por mora, los pagos parciales que realice se aplicarán a los intereses moratorios; a la actualización en UDIS y después a la obligación principal.

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