Magistrado de Tamaulipas otorga custodia de niño Down a madre, cuando el padre lo cuida desde enero del 2019

Magistrado Hernán De La Garza Tamez.

Ciudad Victoria, Tamaulipas, México, América.- El Magistrado Hernán de la Garza Tamez, del Supremo Tribunal de Justicia del Estado (STJE), violo el interés superior del niño, al resolver una apelación en contra de una resolución que otorga la custodia provisional a la madre un menor, sin analizar que el niño padece síndrome Down y se encuentra bajo los cuidados del padre desde el 2019, por lo que mediante la ejecutoria 54/2022 Magistrados Federales, otorgaron el amparo para que analice este último punto.

El Magistrado Rogelio Josué Martínez Jasso, presidente del Primer Tribunal Colegiado del Decimonoveno Circuito en Reynosa, dio a conocer la ejecutoria mediante la cual se determinó que   no se aplicó el principio constitucional del interés superior del menor al no abordar el tema de la custodia compartida sino la custodia exclusiva, bajo el argumento que ésta última es la única materia de la Litis en el juicio natural, desatendiendo que en esos casos es abierta, con lo cual se violan las garantías de seguridad jurídica y debido proceso.

El 19 de abril del 2021, la Quinta Sala Unitaria Civil-Familiar del STJE, resuelve recurso de apelación en contra de la resolución dictada por el Juzgado Segundo Familiar de Reynosa, que otorgo la custodia provisional a la madre; ante lo cual el padre recurre al juicio de amparo, que fue resuelto por el Juzgado Séptimo de Distrito en Reynosa, negando el amparo, por lo que interpone recurso de revisión.

El Magistrado Artemio Hernández González, a quien correspondió estudiar el asunto, determino que, el menor desde el 24 de enero de 2019, se encuentra bajo los cuidados del padre, por lo que sería necesario que se evaluaran y ordenaran nuevas diligencias y pruebas de manera inmediata a fin de establecer el estado físico y emocional del menor, en el entendido que deberá nombrarse un especialista atendiendo a que cuenta con síndrome de Down, a quien deberá cuestionarse sobre las consecuencias que generaría el retornó con la madre del menor.

El pleno judicial revoca la sentencia y otorga el amparo para que el Magistrado Estatal, emita una nueva determinación en el que realice un análisis sobre la procedencia o improcedencia de la figura de la custodia compartida de manera fundada y motivada y en su caso, realice nuevamente el análisis correspondiente de todas las pruebas respecto de la custodia en los términos más benéficos para el menor.

Comparte esta noticia

Deja una respuesta

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *